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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Martes, 28 de junio de 2011 Pág. 17236

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

ORDEN de 15 de junio de 2011 por la que se fija el importe del crédito disponible en la convocatoria de 2011, correspondiente a la realización de proyectos de transformación de buques pesqueros para su reconversión, con fines de formación o de investigación en el sector pesquero, o para actividades distintas de la pesca, por organismos públicos o semipúblicos (con financiación del fondo europeo de pesca 61%, Xunta de Galicia 39%), convocadas por la Orden de 20 de octubre de 2008 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento de su concesión.

La Orden de 20 de octubre de 2008 (DOG n.º 211, del 30 de octubre), establecía las bases y regulaba el procedimiento de concesión de ayudas a organismos públicos o semipúblicos para la realización de proyectos de transformación de buques pesqueros para su reconversión, con fines de formación o de investigación en el sector pesquero o para actividades distintas de la pesca (con financiación del Fondo Europeo de Pesca).

En el artículo 6 de la citada orden establece que la presentación de las solicitudes se mantiene abierta hasta el 30 de marzo de 2013, estableciéndose en él incluso los períodos anuales de resolución.

En el artículo 4 de la citada orden se determinaba el crédito presupuestario con cargo al cual se financiaba la concesión de las ayudas, estableciendo en su 2.º párrafo el importe de la cuantía para el año 2008 y en el 3.º que la cuantía de años sucesivos hasta 2013 se realizará por orden anual que determinará sus importes.

Aprobados los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2011, por la Ley 14/2010, de 27 de diciembre, es preciso, por lo tanto, hacer pública la cuantía del crédito presupuestario destinado a hacer frente a dichas ayudas.

Para tal objeto, esta consellería

DISPONE:

Artículo 1. Crédito presupuestario para el año 2011.

Para las solicitudes de ayuda tramitadas durante el ejercicio del año 2011, y la plurianualidad asociada a las ayudas que puedan concederse en este año, alcanza el importe de doscientos sesenta y seis mil quinientos euros (266.500 euros), de los que corresponden al año 2011 ciento sesenta y seis mil quinientos euros (166.500 euros), que se concederán con cargo al programa 722A y a la partida presupuestaria 14.04.722A.780.2. (código de proyecto 2009 00 895) del presupuesto en vigor; y al año 2012 cien mil euros (100.000 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente de ese año, gasto elegible para fondos europeos.

Las ayudas se financiarán con cargo a fondos del FEP (61%) y del Estado miembro (39%).

Artículo 2. Ampliación del crédito.

La cuantía establecida en el artículo anterior para la anualidad 2011 podrá ser incrementada en la cantidad resultante de las incorporaciones de créditos remanentes de otros ejercicios, una vez realizada la misma por la Consellería de Hacienda.

Artículo 3. Concesión de las ayudas.

La concesión de ayudas quedará limitada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias.

Santiago de Compostela, 15 de junio de 2011.

Rosa M.ª Quintana Carballo
Conselleira del Mar