Mediante Resolución de 20 de junio de 2011, el presidente de Portos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 6.3 g) de la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación de la entidad pública Puertos de Galicia, en el artículo 9 h) del Decreto 227/1995, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la entidad pública, y sobre la base de la propuesta formulada con fecha 20 de junio de 2011, por la Mesa de Contratación y en cumplimiento de lo previsto en el 2.º párrafo del artículo 135.3, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 de agosto, resolvió declarar desierto el procedimiento abierto publicado en el DOG, número 89, del 9 de mayo de 2011, para la selección de oferta para la tramitación de la concesión administrativa de ocupación del dominio público portuario del puerto de Domaio para ocupación de explanada y rampa con destino a la explotación de un varadero de bateas y actividades complementarias en el puerto de Domaio (Moaña), por falta de licitadores, al no haberse presentado ninguna oferta.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, o potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente resolución (artículos 116 y 117 LRJPAC).
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 20 de junio de 2011.
José Manuel Álvarez-Campana Gallo
Presidente de Puertos de Galicia