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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Jueves, 15 de septiembre de 2011 Pág. 27135

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura y Turismo

ORDEN de 6 de septiembre de 2011 por la que se deja sin efecto la Orden de 12 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, para el equipamiento y la mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2011, con la cofinanciación de fondos Feder.

Con fecha 18 de enero de 2011 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia n.º 11, la Orden de 12 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos de Galicia y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, para el equipamiento y la mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2011, con la cofinanciación de fondos Feder.

Esta convocatoria de ayudas fue tramitada conforme a lo establecido en la Orden de 11 de febrero de 1998, de la Consellería de Economía y Hacienda sobre tramitación anticipada de expedientes de gastos, quedando su eficacia condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2011. Con motivo de la política presupuestaria, que implica el necesario equilibrio entre ingresos y gastos, resulta necesario efectuar un ajuste en los créditos inicialmente asignados a los diferentes centros de gasto que conforman los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como llevar a cabo una revisión de la programación y ejecución de los fondos Feder ante el surgimiento de necesidades nuevas y no previstas en el momento de la aprobación de la convocatoria de subvenciones anteriormente citada.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba suyo el reglamento, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

Se deja sin efecto la Orden de 12 de enero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a ayuntamientos y a sus entidades públicas con personalidad jurídica propia, para el equipamiento y la mejora de las instalaciones y locales utilizados para la realización de actividades culturales, y se procede a su convocatoria para el año 2011, con la cofinanciación de fondos Feder.

Disposición adicional primera.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante el conselleiro de Cultura y Turismo, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición adicional segunda.

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2011.

Roberto Varela Fariña
Conselleiro de Cultura y Turismo