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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Miércoles, 19 de diciembre de 2012 Pág. 47194

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 29 de noviembre de 2012 por la que se modifica la autorización del centro privado Nuestra Señora Inmaculada, del ayuntamiento de Santa Comba (A Coruña).

El titular del centro privado Nuestra Señora Inmaculada, del ayuntamiento de Santa Comba, solicita el cambio de la titularidad del centro educativo.

Mediante escritura pública notarial, otorgada ante el notario Carlos Lapido Alonso, José Quintela Busto cede la titularidad del centro educativo a favor de CPR Plurilingüe Nuestra Señora Inmaculada, Sociedad Limitada.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Autorizar el cambio de titularidad del centro privado Nuestra Señora Inmaculada, código 15015241, a favor de CPR Plurilingüe Nuestra Señora Inmaculada, Sociedad Limitada.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Segundo. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde a misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2012

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria