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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Miercoles, 12 de abril de 2000 Pág. 5.090

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2000, de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, por la que se convocan premios a los mejores trabajos de divulgación que ilustren los conceptos de investigación y desarrollo tecnológico, la relación entre ambos y su importancia socioeconómica para Galicia.

La Ley orgáncia 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, da respuesta a la necesidad de adecuar nuestro sistema a una sociedad en acelerado proceso de modernización, con continuos cambios culturales, tecnológicos y productivos, que camina hacia un horizonte común para Europa.

El desarrollo científico y tecnológico es uno de los factores de mayor influencia en la configuración del mundo contemporáneo. En esta línea, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo está impulsando actividades mediante las que se intenta divulgar y facilitar la comprensión de lo que significa este desarrollo.

Por todo ello, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, establece, por la presente resolución, las bases para la convocatoria de premios a las mejores tareas de divulgación que ilustren los conceptos de investigación y desarrollo tecnológico, la relación entre ambos y su importancia socioeconómica para Galicia.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Objeto.

El objeto de esta resolución es la convocatoria de dos premios por provincia, en la primera fase provincial, y dos premios en la fase autonómica, para el alumnado del último curso de bachillerato, y la aprobación de sus bases de concesión. Estos premios están destinados a galardonar las mejores tareas de divulgación que ilustren los conceptos de investigación y desarrollo tecnológico, la relación entre ambos y su importancia socioeconómica para Galicia.

Artículo 2º.-Fase de la convocatoria.

La convocatoria se desarrollará en dos fases, una primera fase provincial y otra autonómica, a la que concurrirán los trabajos que resulten seleccionados en la fase provincial.

Artículo 3º.-Dotación económica.

Los premios a los que se alude en el artículo 1º tendrán la siguiente dotación económica:

Fase provincial:

-Un primer premio por cada provincia de 304.878 pesetas íntegras (250.000 ptas. líquidas) en metálico, con una compensación de 100.000 pesetas para el centro educativo en libros u otro material didáctico.

-Un segundo premio por cada provincia de 121.951 pesetas íntegras (100.000 ptas. líquidas) en metálico, con una compensación de 50.000 pesetas para el centro educativo en libros u otro material didáctico.

Fase autonómica:

-Un primer premio de 609.756 pesetas íntegras (500.000 ptas. líquidas) en metálico y una compensación para el centro educativo de 250.000 pesetas en libros u otro material didáctico.

-Un segundo premio de 304.878 pesetas íntegras (250.000 ptas. líquidas) en metálico y una compensación para el centro educativo de 125.000 ptas en libros u otro material didáctico.

A los premios de los alumnos se les aplicará la correspondiente retención fiscal.

Los gastos relativos a las acciones de esta convocatoria se imputará a las aplicaciones presupuestarias 04.07.432A.480.0 para los premios de los alumnos por importe máximo de 2.537.000 ptas. y 04.07.432A.442.0 para las compensaciones a los centros por un importe máximo de 975.000 ptas.

Artículo 4º.-Condiciones.

1. Podrán participar en la presente convocatoria los alumnos y alumnas del último curso de bachillerato con el fin de recaudar fondos para el viaje de fin de estudios. Este viaje deberá incluir alguna visita a un centro de investigación o tecnológico.

2. Los concursantes deberán presentar un trabajo en formato revista de una extensión de 25-30 páginas, en las que se integren texto, figuras, humor y pasatiempos, siempre en relación con el objeto del concurso.

3. El plazo de presentación de los trabajos finaliza el 22 de mayo de 2000.

4. Los concursantes deberán presentar el trabajo en su propio centro educativo acompañado del modelo de solicitud normalizada PSS01 (que se publica como anexo I de esta resolución), dicha solicitud será presentada por un alumno en nombre del colectivo que representa, indicando en la misma el nombre, apellidos, DNI y firma, de los restantes miembros del colectivo. El centro, en el caso de recibir más de dos trabajos, procederá a la selección de los dos mejores, creándose a estos efectos una comisión presidida por el director del centro en la que participarán como vocales cuatro profesores, dos del ámbito científico-tecnológico y dos del ámbito humanístico-lingüístico. Los trabajos seleccionados serán remitidos a la delegación provincial correspondiente de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, antes del 30 de mayo de 2000.

5. La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas sus bases, así como la cesión del derecho de propiedad de los trabajos premiados.

Artículo 5º.-Composición y funciones de los jurados

1. Los trabajos presentados y que se ajusten a la presente convocatoria serán examinados y evaluados por un jurado en cada una de sus fases.

En la fase provincial el jurado estará formado en cada provincia por:

-Un representante de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, que actuará como presidente.

Actuarán como vocales:

-Un representante de la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

-Un director de un instituto de educación secundaria nombrado por la delegación correspondiente.

-Acturá como secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

En la fase autonómica el jurado estará formado por:

-El secretario general de Investigación y Desarrollo, o persona en la que delegue, que actuará como presidente

Acturán como vocales:

-Los delegados provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria o personas en las que deleguen.

-Un director del IES de cada provincia nombrado por la Delegación correspondiente.

-Acturá como secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo.

2. Los jurados provinciales seleccionarán los trabajos premiados en la fase provincial antes del 9 de junio de 2000 y remitirán, antes del 14 de junio de 2000, los trabajos realizados por los adjudicatarios de los primeros premios, que serán los candidatos de la fase autonómica a la Secretaría General de Investigación y Desarrollo.

3. El jurado de la fase autonómica se encargará de seleccionar los trabajos premiados de entre los ganadores en la fase provincial, todo ello antes del 20 de junio de 2000.

4. Las decisiones de los correspondientes jurados serán inapelables

Artículo 6º.-Retirada de la documentación

Las personas responsables de los trabajos o sus representantes legales poderán retirar los trabajos no premiados en el centro educativo o en la delegación provincial correspondiente, según el caso, en el plazo de 30 días contados a partir de la resolución de los jurados correspondientes.

Artículo 7º.-Entrega de los premios.

Los premios se entregarán en actos públicos celebrados en las respectivas capitales de provincia en el caso de los premios provinciales, y en Santiago de Compostela en el caso de la fase autonómica.

Artículo 8º

La convoctoria, sus bases y todos los actos administrativos derivados de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Lei 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 9º

A los efectos establecidos en los artículos 42.2º y 43.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes, será de 6 meses, contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, dictándose resolución expresa con respecto a la antedicha línea de ayudas.

La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2000.

Miguel Ángel Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo