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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Lunes, 30 de abril de 2012 Pág. 15730

III. Otras disposiciones

Instituto de Estudios del Territorio

RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2012 de delegación de competencias en la persona titular de la Dirección del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio y en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

El artículo 31 de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, viene a establecer que se creará el Instituto de Estudios del Territorio con la naturaleza, fines y medios que se establezcan en su ley reguladora. Consecuencia del mandato legal citado, a través de la Ley 6/2007, de 11 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia, se crea el Instituto, y se dispone su adscripción a la consellería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, al tiempo que se regulan los aspectos indicados en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre.

El 2 de enero de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 244/2011, de 29 de diciembre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio. Dicha entidad instrumental será la responsable de materializar la política en materia investigación, análisis y estudio de la ordenación del territorio y el urbanismo en el ámbito de las competencias que corresponden a la Xunta de Galicia y sustituye en estas funciones a la Dirección General de Sostenibilidad y Paisaje y la Subdirección del Sistema de Información Territorial de Galicia, de acuerdo con los criterios de eficacia, economía y austeridad que deben inspirar la actuación y la organización administrativa.

Según lo previsto en el artículo 12 de los citados estatutos, la presidencia del organismo autónomo Instituto de Estudios del Territorio será ejercida por la persona titular de la consellería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo

En la actualidad concurren en la persona titular de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras competencias propias de su condición de miembro del Gobierno de la Xunta de Galicia y de titular de la Presidencia del Instituto de Estudios del Territorio. Esta actividad administrativa conlleva una concentración de funciones cuyo volumen aconseja en aquellos asuntos que no exijan una atención directa y personal recurrir a la delegación de competencias.

Son las competencias propias de la persona titular de la Presidencia del Instituto de Estudios del Territorio las que son objeto de delegación a través de esta resolución, respetando los principios que informan la actividad administrativa, y con el fin de ordenar ésta con objeto de alcanzar una mayor agilidad y eficacia en la gestión administrativa.

En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

RESUELVO:

Primero. Se delega en la persona titular de la Dirección del Instituto de Estudios del Territorio el ejercicio de las siguientes competencias:

1. En materia de comisiones de servicio, la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización previstas en el Decreto 144/2001, de 7 de junio, sobre indemnizaciones por razón de servicio al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia.

2. En materia de gestión patrimonial, el ejercicio de las facultades que la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y demás normativa en materia de patrimonio le atribuyan al órgano unipersonal de gobierno de la entidad pública instrumental, en relación a los bienes adscritos o susceptibles de ser adscritos al Instituto de Estudios del Territorio.

3. En materia de recursos contra actos de otras administraciones, resolver y formular los requerimientos previos a la vía judicial contencioso-administrativa en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Segundo. Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras el ejercicio de la competencia para resolver los recursos administrativos de alzada interpuestos contra actos administrativos dictados por el director del Instituto de Estudios del Territorio en el ejercicio de sus funciones y, de ser el caso, suspender la ejecutividad de los actos impugnados.

Tercero. Criterios complementarios en la aplicación de las delegaciones.

En la aplicación de las delegaciones de competencias contenidas en esta resolución se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. El ejercicio de las competencias que se delegan en esta resolución se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

2. En cualquier momento el órgano delegante podrá revocar el ejercicio de las competencias que se delegan o avocar las competencias para el conocimiento de un asunto concreto.

3. Se entiende comprendida en la delegación el ejercicio de la competencia para resolver los recursos de reposición que se interpongan contra las resoluciones que se dicten en virtud de las competencias que se le delegan en esta resolución y para, en su caso, suspender la ejecutividad de los actos impugnados.

4. Las competencias que se delegan por esta resolución, en caso de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Dirección del Instituto de Estudios del Territorio, y mientras persistan aquellas circunstancias, serán ejercidas por la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, las competencias que se delegan por esta resolución serán ejercidas de acuerdo con lo establecido en el Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

Cuarto. Resoluciones dictadas por delegación.

Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en esta resolución harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Quinto. Eficacia.

La presente resolución producirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de abril de 2012.

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Presidente del Instituto de Estudios del Territorio