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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Martes, 8 de mayo de 2012 Pág. 17207

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 11 de A Coruña

EDICTO (1362/2010).

Carmen Carballo Ramos, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 11 de A Coruña, por el presente, anuncio que en el presente procedimiento ordinario número 1362/2010, seguido a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros frente a Santiago González Martín, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«En A Coruña a dieciséis de enero de dos mil doce.

Vistos por mí, César González Castro, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 11 de A Coruña, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este juzgado con el número 1362/2010, en los que han sido partes:

Demandante: el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido por el letrado sustituto del abogado del Estado Guillermo Díaz.

Demandado: Santiago González Martínez, en situación procesal de rebeldía.

Objeto: reclamación de cantidad.

Se procede, en nombre del rey, a dictar la presente resolución…

Fallo que estimo la demanda formulada por la representación del Consorcio de Compensación de Seguros contra Santiago González Martínez y, en consecuencia, condeno a este último a que abone a dicha actora la suma de 12.496,66 euros y los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la presentación de la demanda rectora de este juicio hasta la fecha de sentencia y, desde esta, al pago del interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos hasta su completo pago.

Procede la condena en costas a la parte demandada.

Inclúyase la presente en el libro de sentencias.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación que se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Santiago González Martín, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

A Coruña, 28 de febrero de 2012.

La secretaria judicial