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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Miércoles, 26 de marzo de 2014 Pág. 12817

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4284/2013).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 4284/2013 de esta sección, seguido a instancia de Santiago Piñeiro Paz contra la empresa Progametal, S.L., la Admón. concursal Progametal, S.L. (Lda. Sra. Ferreira) y el Fondo de Garantía Salarial, sobre incidentes de ejecución, se ha dictado resolución de fecha 5 de marzo de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos:

Se declara la nulidad de actuaciones por incompetencia de esta jurisdicción social para conocer de la ejecución de la sentencia de fecha 27 de abril de 2012, instada por la parte accionante, retrotrayendo los autos al momento de la presentación de la demanda ejecutiva, con remisión de la misma al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala en el banco Banesto nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo, que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Progametal, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 5 de marzo de 2014

La secretaria judicial