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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Jueves, 11 de septiembre de 2014 Pág. 38354

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Mondariz (expediente IN407A 2014/41-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Central Eléctrica Sestelo y Cía., S.A.

Domicilio social: Virgen de la Luz, 3, bajo, 36860 Ponteareas.

Título: LMT, CT O Soutiño.

Situación: Mondariz.

Características técnicas: LMT aérea a 20 kV con conductor LA-110 de 124 metros de longitud, con origen en el apoyo existente 4ESO1647 de la LMTA subderivación a Frades, y final en el apoyo proyectado C24/3000, del cual continúa subterránea 216 metros, con conductor Hersatene RHZ1, hasta el CT proyectado y haciendo el recorrido inverso de salida del CT hasta el apoyo de origen. Centro de transformación de 160 kVA, RT 20 kV/400-230 V, situado en O Soutiño, Gargamala, Mondariz.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, del título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa y aprobar el proyecto de ejecución para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de doce (12) meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 30 de julio de 2014

P.A. (Decreto 110/2013, de 4 de julio)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Administración Industrial