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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Viernes, 8 de abril de 2016 Pág. 12703

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

ORDEN de 1 de abril de 2016 por la que se regula la oferta de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2016 y se procede a su convocatoria.

La Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, lleva a cabo la promoción y organización de actividades con un claro componente de educación no formal destinadas a la juventud en el ámbito del ocio y del tiempo libre.

Asumidas las competencias en este ámbito por el Decreto 146/1982, de 1 de diciembre, la Consellería de Política Social incluye entre sus objetivos el de favorecer la participación de la juventud en actividades de este tipo, y para eso convoca, una vez más, la Campaña de verano 2016.

Mediante la oferta de dicha campaña, la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado ofrece la posibilidad de que la juventud emplee su tiempo libre de verano participando en actividades de carácter lúdico, cultural, deportivo y formativo, que sirvan no sólo para divertirse sino también para el enriquecimiento personal y vital, además de ofrecer la posibilidad de conocer otros territorios de la geografía nacional a través de las actividades que se realizan en otras comunidades autónomas de España.

Asimismo, la Consellería de Política Social, en aplicación del principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, considera pertinente que, además de las actuaciones específicas dirigidas a las personas con discapacidad, se tengan en cuenta las necesidades y demandas de estas personas en las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, como es el ámbito de actuación de las políticas dirigidas a la juventud gallega.

En este sentido debe también señalarse que la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, reconoce en su artículo 30 el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás personas, en las actividades recreativas y de ocio y tiempo libre; y el artículo 7 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, versa exclusivamente sobre el derecho a la igualdad de las personas con discapacidad.

Con base en estos criterios, tanto la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad como la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado acuerdan integrar en la presente convocatoria las necesidades de la juventud gallega en la ocupación de su tiempo de ocio, de modo que los/las jóvenes gallegos/as con discapacidad, en función de las limitaciones que presenten, puedan tener la oportunidad de decidir sobre a modalidad de participación a la que deseen optar: por el procedimiento general o por el procedimiento de las plazas reservadas de inclusión. De esta forma se pretende que la inclusión social de los/las jóvenes con discapacidad sea una realidad al tiempo que se favorezca la interacción y la convivencia entre toda la juventud.

Por todo ello,

RESUELVO:

Artículo 1. Objeto

1. Para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad, la Consellería de Política Social, a través de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, oferta la programación de actividades para el año 2016 que se detalla en el anexo I de esta orden.

Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos de entre una semana y quince días de duración durante los meses de julio, agosto y septiembre.

2. La información sobre la convocatoria de esta campaña, así como de cada actividad e instalación juvenil donde se desarrollará, se encontrará detallada en la página web: www.xuventude.net.

3. Con el fin de lograr la efectiva difusión de esta campaña para próximas convocatorias y con el objetivo de garantizar los principios de transparencia, accesibilidad de la información y veracidad (artículo 2 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno), se recogerán experiencias e incluso fotografías de las instalaciones y de las personas participantes, que podrán ser empleadas para noticias contenidas en periódicos, publicaciones e incluso divulgadas tanto a través de servicios de la sociedad de la información como en páginas web de la Consellería de Política Social.

A estos efectos, la presentación de la solicitud de participación implica la autorización para la publicación de estas imágenes, que serán incorporadas al fichero «Actividades dirigidas a la ciudadanía», con el tratamiento previsto en el artículo 13 de esta orden.

Artículo 2. Servicios ofertados

1. La participación en la oferta de la Campaña de verano 2016 se realizará mediante inscripción individual o múltiple (para los supuestos de dos, tres o cuatro hermanos/as). Las personas participantes dispondrán de los siguientes servicios:

a) Un programa de actividades de carácter sociocultural, recreativo, formativo y convivencial, que posibilite la participación del/de la joven.

b) Alojamiento en albergue juvenil, residencia juvenil o campamento juvenil.

c) Manutención en régimen de pensión completa.

d) El material necesario para la actividad.

e) Un equipo técnico de personal especializado en animación sociocultural y actividades de tiempo libre y actividades náuticas, en su caso. Asimismo, y para el caso de las personas con necesidades especiales por razón de su discapacidad, se dispondrá de personal de apoyo que cuente con formación y experiencia para atender sus necesidades.

f) Atención sanitaria de primeros auxilios y seguro de accidentes.

g) En las actividades desarrolladas en otras comunidades autónomas se incluye el transporte desde Santiago de Compostela, o lugar que se señale como punto de salida, hasta el lugar de destino, así como el retorno hasta Santiago de Compostela.

2. La incorporación a los campamentos y albergues de Galicia será a cargo de la persona interesada el día de inicio del turno correspondiente, de 16.00 a 19.00 horas. No se admitirá ningún/ninguna participante después de este límite.

En las actividades que se lleven a cabo en otras comunidades autónomas, correrá a cargo de la persona interesada el traslado desde su domicilio hasta Santiago de Compostela, o el lugar que se señale como punto de salida, tanto el día de ida para la actividad como el día de llegada de ésta.

En el supuesto de abandono de la actividad o expulsión del/de la participante, será responsabilidad de los/las padres/madres o tutores/as legales el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que se ocasionen.

Artículo 3. Participantes

1. Pueden solicitar su participación en las actividades ofertadas en esta convocatoria los/las jóvenes gallegos/as residentes en Galicia, nacidos/as en el año señalado en el anexo I para cada actividad.

2. En cuanto a la edad mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2016, hay que destacar lo siguiente:

– Los/las nacidos/as en el año 1998 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.

– Los/las nacidos/as en el año 2007 deberán haber cumplido 9 años al inicio del campamento.

3. Para ser admitido en el campamento será necesario no padecer enfermedad infecto-contagiosa en fase activa ni trastorno de conducta y/o de comportamiento que dificulte la convivencia.

4. Ningún/ninguna participante podrá ser admitido/a en más de un campamento por año.

5. Personas con discapacidad.

Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % podrán participar en esta convocatoria cumpliendo los siguientes requisitos:

– Hacer constar su condición en el apartado que figura en su impreso de solicitud, con el fin de planificar los apoyos personales necesarios.

– Que en el certificado de reconocimiento de discapacidad no se recoja la necesidad de ayuda de tercera persona.

– Tener capacidad de integración en un grupo y que sus limitaciones y/o necesidades especiales les permitan participar y beneficiarse de las actividades que se van a desarrollar en el destino que soliciten. La programación de actividades y las características de las instalaciones de cada campamento se podrán consultar en la página web de Juventud (www.xuventude.net).

Los requisitos señalados anteriormente serán condición necesaria para la admisión de la solicitud y su incumplimiento no permitirá la participación de la persona solicitante en el campamento.

Las personas que cumplan los requisitos señalados podrán presentar su solicitud optando por una de estas dos vías:

a) Por el procedimiento general, BS303A, en el caso de solicitud individual, o BS303F, en caso de solicitud múltiple, para el supuesto de hermanos/as, si concurren los requisitos señalados en el artículo 4.1.b), exclusivamente para las actividades detalladas en el anexo I A (campamentos que se desarrollan en Galicia, excluyéndose, por tanto, los campamentos que tengan lugar en otras comunidades autónomas).

Esta solicitud se incluirá en el sorteo general de la campaña de verano. En el caso de que opten por esta vía, en el formulario de solicitud deberán cumplimentar, obligatoriamente, los datos relativos a la discapacidad que presenta el/la solicitante con necesidades especiales. De no hacerlo así, no serán admitidos en el campamento.

b) Por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión, procedimiento BS303G, en el caso de solicitud individual, o BS303H, en el caso de solicitud múltiple, para el supuesto de hermanos/as, si concurren los requisitos señalados en el artículo 4.1.b), exclusivamente para los campamentos y turnos que se incluyen en el anexo I B. Estas solicitudes se incluirán en un sorteo específico.

Las personas solicitantes con discapacidad deben optar por una de estas dos vías, de forma que quedarán excluidas en el supuesto de que presenten la solicitud por ambos procedimientos.

6. Menores en situación de tutela o guarda administrativa.

Los/las menores en situación de tutela o guarda por la Administración y que se encuentren en acogimiento residencial, podrán participar en esta convocatoria y deberán indicar esta condición en el anexo de solicitud, marcando la casilla correspondiente.

7. El incumplimiento de las normas recogidas en este artículo dará lugar a la inadmisión de la solicitud.

Artículo 4. Tipos de solicitud y forma de presentación

1. La solicitud puede ser individual o múltiple.

a) Solicitud individual:

1º. Procedimiento general:

Las personas que quieran presentar solicitud individual de plazas deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo II (procedimiento BS303A).

2º. Procedimiento de plazas reservadas para inclusión de personas con discapacidad:

Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud individual por la vía general (procedimiento BS303A) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo IV (procedimiento BS303G). Las personas solicitantes deben tener en cuenta lo señalado en el artículo 3.1 y, en consecuencia, solicitar su participación en aquellos campamentos y turnos del anexo I B, que se correspondan con su año de nacimiento.

b) Solicitud múltiple:

1º. Procedimiento general:

En el caso de las personas que cumplan los requisitos que se señalan en el apartado 3º de este apartado y quieran presentar una solicitud múltiple, deberán emplear el formulario que se incorpora como anexo III de la orden (procedimiento BS303F).

2º. Procedimiento de plazas reservadas para inclusión de personas con discapacidad:

Las personas con discapacidad que no presenten su solicitud múltiple por la vía general (procedimiento BS303F) y opten por el procedimiento de las plazas reservadas para inclusión (las incluidas en el anexo I B) deben utilizar el formulario que se incorpora como anexo V (procedimiento BS303H).

3º. Tanto en el procedimiento general como en el de inclusión, la solicitud múltiple se admitirá para el supuesto de dos, tres y hasta cuatro hermanos/as. Los/las menores que convivan en el domicilio en situación de acogimiento familiar, también se podrán incluir en la solicitud múltiple, equiparándose su situación a la de los/las hermanos/as.

Esta solicitud múltiple sólo se podrá emplear en el caso de personas que pidan idéntica instalación, turno y actividad (mismo código). Todas las personas interesadas que figuren en una misma instancia deben cumplir los requisitos de edad exigidos para las instalaciones y turnos solicitados.

Cuando se trate de una persona sin discapacidad que tenga hermanos/as con discapacidad y quieran presentar una solicitud conjunta, sólo lo podrán hacer por el procedimiento general y en ningún caso una persona sin discapacidad podrá ocupar una plaza de las reservadas para inclusión.

El incumplimiento de lo dispuesto en este apartado por una de las personas participantes, supondrá la exclusión de todas las que figuren en esa misma solicitud. Estas solicitudes tienen efecto durante el sorteo para la adjudicación de la plaza y para generar las listas de espera, pero en el momento de las adjudicaciones desde la lista de espera ya se tienen en cuenta como individuales.

2. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es), de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

3. Cumplimentación de la solicitud.

Los impresos de solicitud deben ser cumplimentados de acuerdo con las siguientes normas:

a) Cada joven sólo podrá cumplimentar una solicitud y elegirá, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos o actividades. Cada turno o actividad está identificada con un código en el anexo I, apartados A, B y C de esta orden.

b) Los datos del/de la solicitante deben ser los del/de la joven que opta a participar en las actividades. En el caso de solicitudes múltiples deberán cumplimentarse los datos de todos/las los/as hermanos/as que soliciten su participación.

c) Las solicitudes deberán firmarlas los/las padres/madres o tutores/as de los/las menores solicitantes.

d) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y, por tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.

e) La duplicidad de una solicitud dará lugar a la inadmisión de ambas y el/la solicitante quedará fuera del sorteo.

4. Transcurrido un mes desde la publicación de la orden, la persona interesada deberá comprobar, en la página web www.xuventude.net, la correcta mecanización de su solicitud, con el fin de enmendar los errores detectados. En esa página aparecerá un enlace para consultar los datos de las solicitudes. Para tener acceso a éstos deberá incluirse el número de DNI del/de la padre/madre o tutor/a que cumplimentó la instancia, así como la fecha de caducidad de ese DNI. Si las personas interesadas detectan algún error en los datos mecanizados o no encuentran la solicitud, deben llamar a cualquiera de los números de teléfono de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado que aparecen en el anexo VII. La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día no procederá reclamación alguna contra los errores u omisiones de solicitudes.

5. La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.

Artículo 5. Plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 6. Adjudicación de plazas

La adjudicación de las plazas, tanto de los que participan por el procedimiento general como de los que lo hacen por el procedimiento de plazas reservadas para inclusión, se realizará de la siguiente forma:

1. Por adjudicación directa, en el caso de que la demanda no supere el número de plazas disponibles.

2. Por sorteo, por medios informáticos, en el supuesto de que el número de solicitudes supere el número de plazas disponibles. Se efectuarán dos sorteos independientes según el procedimiento por el que se solicite (el general o el de plazas reservadas para inclusión).

En este caso el sorteo se realizará ante notario/a en los 45 días siguientes a la fecha de publicación de la orden. El día concreto de realización del sorteo se anunciará en la página web de Juventud, www.xuventude.net, y tendrá lugar a las 12.00 horas de ese día en la sala de prensa de la Consellería de Política Social, situada en la tercera planta de las dependencias de la mencionada consellería, en el Edificio Administrativo de San Lázaro en Santiago de Compostela.

Mediante este sorteo se cubrirán las plazas en las distintas actividades que especifica el anexo I (apartados A, B y C) de esta orden.

Asimismo, dará lugar a una lista de espera para cada una de las actividades. Se incluirá a cada participante únicamente en una lista de espera para un campamento concreto, de entre los que solicitó entre las cinco opciones. El número de reservas en cada actividad será del 50 % de las plazas convocadas. Se generará la lista de espera tanto en el sorteo de plazas del procedimiento general como en el específico de plazas reservadas para inclusión.

3. La Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado hará público el resultado del sorteo, incluidas las listas de espera, y confeccionará la correspondiente lista de admitidos/as para cada turno y actividad.

El resultado del sorteo se publicará en la página web www.xuventude.net, donde se expondrá la lista de admitidos/as a partir del día siguiente al del sorteo. A estos efectos, la presentación de la solicitud implica la autorización para la publicación de los datos de la persona solicitante.

Artículo 7. Documentación

Los/las participantes seleccionados/as deberán presentar en el plazo de 15 días naturales contado desde el siguiente al de la realización del sorteo, en la jefatura territorial de la Consellería de Política Social de la provincia donde se va a desarrollar la actividad, o en la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, en el caso de las actividades que se realicen fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, la siguiente documentación:

– Justificación de pago.

– Fotocopia del DNI/NIE de la persona solicitante en caso de que el/la padre/madre o representante legal del/de la menor interesado/a no autorice expresamente, en el formulario de solicitud, la comprobación de datos por medio del acceso electrónico al Sistema de verificación de datos de identidad del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Si el/la menor no dispone de DNI deberá presentarse la copia de la hoja correspondiente del libro de familia.

– Tarjeta sanitaria o seguro médico privado.

– Cuestionario de salud y autonomía personal (anexo VI).

– Declaración responsable de que sabe nadar.

En el caso de personas con discapacidad, además:

– Certificado acreditativo del grado de discapacidad y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente, cuando no se autorice expresamente, en el formulario de solicitud, la comprobación de estos datos de discapacidad o dichos documentos no fuesen expedidos en nuestra comunidad autónoma.

Artículo 8. Adjudicación de plazas a las listas de espera

1. Las vacantes que se produzcan por no presentar la documentación, por presentarla fuera del plazo establecido o por renunciar a la plaza obtenida en el sorteo, serán ofrecidas en la fase de reservas de los respectivos procedimientos (general o de plazas reservadas para inclusión) a los/las solicitantes que figuran en las listas de espera correspondientes. En el caso de que se produzcan bajas, la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado o el servicio de juventud correspondiente contactarán, siguiendo el orden de lista, con los/las suplentes mediante llamada telefónica.

Se realizarán 3 llamadas entre las 9.00 y las 14.00 horas que serán registradas para la constancia de su realización. De no contactar con la persona interesada, ésta será dada de baja y se llamará a la siguiente en la lista de espera.

Una vez recibida la comunicación y aceptada la plaza ofrecida, deberán presentar la documentación señalada en el artículo 7 en un plazo de 48 horas. En caso de no presentar la mencionada documentación en el plazo indicado, la plaza será ofertada a la siguiente persona de la lista de espera.

2. La apertura de la fase de reservas se publicará en la página web de Juventud:

www.xuventude.net.

Artículo 9. Adjudicación de las plazas de resultas

1. Las plazas vacantes que no se cubran por los procedimientos de adjudicación establecidos en los artículos 6 y 8 serán ofertadas en la fase de resultas a cualquier solicitante que las demande y reúna las condiciones y requisitos exigidos en esta orden para participar en la convocatoria.

2. Estas plazas estarán expuestas en la página web www.xuventude.net, donde se anunciará la apertura de la fase de resultas.

3. Para solicitar las plazas de resultas la persona interesada deberá efectuar la oportuna reserva de la plaza, en caso de que existan vacantes, mediante llamada telefónica a los números de teléfono indicados en el anexo VII. La reserva de plazas se podrá efectuar en horario de 9.00 a 14.00 horas, en días laborables, excepto los sábados.

Cada persona sólo podrá hacer la reserva, como máximo, de cuatro plazas para cuatro participantes.

3. Una vez comprobada en la aplicación informática la disponibilidad de la plaza solicitada, se asignará ésta a la persona interesada, que dispondrá de un plazo máximo de 48 horas para presentar la documentación relacionada en el artículo 7.

Esta documentación podrá presentarla en cualquiera de las oficinas relacionadas en el anexo VII. En caso contrario, perderá el derecho a la plaza reservada.

Artículo 10. Precios

1. Los precios de aplicación para cada actividad y turno aparecen detallados en el anexo I (apartados A, B y C) de esta orden, de acuerdo con lo señalado en la orden por la que se fijan los precios privados correspondientes a la prestación de servicios en las instalaciones juveniles y a la expedición de carnés dirigidos a la juventud, gestionados por la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado.

2. Los miembros de familia que tengan el título de numerosa tendrán un descuento del 50 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden.

3. Las personas usuarias del Carné Xove gozarán de un descuento del 25 % sobre los precios que aparecen detallados en el anexo I de esta orden. Para poder aplicar el descuento, la persona beneficiaria deberá estar en posesión del Carné Xove, vigente, en el momento de efectuar el pago.

4. Los descuentos citados en los dos apartados anteriores en ningún caso serán acumulables.

A los efectos de la aplicación de estos descuentos, las personas solicitantes deberán indicar en su solicitud, marcando la casilla correspondiente del formulario, si tienen o no título de familia numerosa o el Carné Xove, para su posterior comprobación por la Administración; en caso de que no se autorice esta comprobación en el formulario de solicitud, deberá aportarse la copia compulsada del título vigente de familia numerosa, o la del Carné Xove, según el descuento aplicable.

Artículo 11. Obligaciones de los/las adjudicatarios/as

Los/as adjudicatarios/as de las plazas están obligados/as:

1. A incorporarse a la actividad y regresar por los medios y en los plazos establecidos.

2. A no abandonar la actividad sin el permiso de la persona responsable. En todo caso, el abandono de la actividad antes de su finalización requerirá la comparecencia de los/las padres/madres o tutores/as, y será responsabilidad de éstos/as el traslado para el regreso a su domicilio, así como los gastos que por tal causa se ocasionen, tal y como se especifica en el artículo 2.2.

3. A respetar las normas establecidas por los equipos de animación, las normas de régimen interior de las respectivas instalaciones y, en general, las establecidas por la legislación vigente en la materia.

4. La plaza es intransferible.

Artículo 12. Devolución de cuota

1. Si una vez obtenida la plaza y abonado el precio correspondiente la persona interesada no puede asistir a la actividad, sólo tendrá derecho a la devolución de éste en el caso de que comunique la renuncia a la plaza por escrito y solicite la devolución de la cantidad abonada por lo menos veinte días naturales antes del inicio de la actividad, o cuando por causas no imputables a la persona interesada no se preste el servicio o la Administración anule la actividad.

En caso de plazas adjudicadas en fase de resultas, sólo se admitirá la devolución de cuota cuando la fecha de inicio del campamento permita presentar la solicitud de devolución con la antelación mínima de 20 días antes señalada.

En caso de renuncia a una plaza concedida y posterior solicitud y adjudicación de otra en la fase de resultas, si la renuncia a la primera plaza no se comunicó con la antelación de veinte días antes señalada, tendrá que abonarse el importe íntegro de la segunda plaza, sin que se compense con el precio abonado por la primera.

2. Todas aquellas solicitudes de devolución de cuota que no sean presentadas, tal y como se refleja en el apartado anterior, por lo menos veinte días naturales antes del inicio de la actividad, serán denegadas independientemente de la causa justificativa que se alegue en la respectiva solicitud de devolución de cuota.

3. A estos efectos, las personas interesadas disponen de un modelo normalizado de solicitud de devolución de cuota de participación anexo a esta orden (anexo VIII), que se podrá obtener en la guía de procedimientos y servicios, en la dirección electrónica:

https://sede.xunta.es/guia-de-procedementos-e-servizos, o en la sede electrónica, en la dirección https://sede.xunta.es.

4. La solicitud se podrá presentar en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de Correos en la primera hoja del formulario. Deberá dirigirse al/a la jefe/a territorial de la Consellería de Política Social de la provincia donde se va a desarrollar la actividad, o a la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado en el caso de las actividades que se desarrollen fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, que serán los órganos encargados de resolver en cada caso.

Artículo 13. Protección de datos

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, lo/la informamos de que los datos recogidos en los diferentes anexos de esta orden resultan necesarios para la adjudicación de plazas juveniles dentro del programa Campaña de verano 2016. Los datos facilitados serán incorporados al fichero «Actividades dirigidas a la ciudadanía» para su tratamiento, con la finalidad de gestión del procedimiento. El/la titular de los datos consiente expresamente su comunicación a organizaciones o personas directamente relacionadas con el/la responsable del fichero y su publicación en los términos contenidos en la presente orden. No habrá más cesiones de datos excepto a otras administraciones públicas que ejerzan las mismas competencias o en el caso de que una ley lo prevea.

Cuando el/la solicitante facilite datos de un tercero, aunque se trate de menores de edad, siempre que sean mayores de 14 años, será el/la encargado/a de informar del contenido de esta cláusula al/a la titular de los datos y con carácter previo a su inclusión en dicho fichero, en el caso de menores deberá expresarlo en un lenguaje fácilmente comprensible para éstos/as.

El órgano responsable del fichero es la Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría General Técnica de la Consellería de Política Social, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Edificio Administrativo de San Caetano, 15781 Santiago de Compostela, A Coruña, o a través de un correo electrónico a: sxt.politicasocial@xunta.es.

Artículo 14. Consentimientos y autorizaciones

La tramitación del procedimiento requiere la incorporación de datos en poder de las administraciones públicas. Por tanto, los modelos de solicitud incluirán autorizaciones expresas al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos. En caso de que no se autorice al órgano gestor para realizar esta operación, deberán adjuntar los documentos comprobantes de los datos, en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento.

Disposición final primera. Habilitación competencial

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de abril de 2016

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social

ANEXO I
A. Campamentos de verano 2016-general

A Coruña

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. Mariña Española

Aventura en As Mariñas

1-8/2007

05-06-07

113 €

150001

11-18/2007

05-06-07

113 €

150002

21-28/2007

05-06-07

113 €

150003

1-8/2008

05-06-07

113 €

150004

11-18/2008

05-06-07

113 €

150005

21-28/2008

05-06-07

113 €

150006

Alb. Gandarío-Residencia J. Lug II

Conecta con Galicia

1-12/2007

98-99-00-01

222 €

150007

Alb. Gandarío-Res. F. L. Cuevillas

15-26/2007

98-99-00-01

222 €

150008

Alb. Juv. Gandarío

Actividades en el mar

1-12/2007

01-02

232 €

150009

17-28/2007

99-00-01

232 €

150010

2-13/2008

98-99-00-01

232 €

150011

17-28/2008

02-03

232 €

150012

Camp. Juv. Furelos

Naturaleza en el Camino

1-12/2007

02-03

176 €

150013

17-28/2007

98-99-00

176 €

150014

2-13/2008

01-02

176 €

150015

15-26/2008

02-03

176 €

150016

Camp. Juv. Virxe de Loreto

Naturaleza junto al mar

1-12/2007

01-02

207 €

150017

17-28/2007

01-02

207 €

150018

2-13/2008

01-02

207 €

150019

17-28/2008

98-99-00-01

207 €

150020

Camp. Juv. Espiñeira

Candilejas

1-12/2007

04-05

176 €

150021

17-28/2007

04-05

176 €

150022

2-13/2008

04-05

176 €

150023

15-26/2008

04-05

176 €

150024

Lugo

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. Area

NaturArea: medioambiente marino y náutica

1-12/2007

01-02

232 €

270001

17-28/2007

98-99-00-01

232 €

270002

2-13/2008

01-02

232 €

270003

17-28/2008

01-02

232 €

270004

Alb. Juv. Benigno Quiroga

Mi primera aventura

1-8/2007

05-06-07

113 €

270005

11-18/2007

05-06-07

113 €

270006

21-28/2007

05-06-07

113 €

270007

1-8/2008

05-06-07

113 €

270008

11-18/2008

05-06-07

113 €

270009

Camp. Juv. A Devesa

Multiaventura: medioambiente y mar

01-12/2008

02-03

176 €

270010

Acampada al lado del mar

01-12/2008

04-05

176 €

270011

Multiaventura: medioambiente y mar

13-24/2008

02-03

176 €

270012

Acampada al lado del mar

13-24/2008

04-05

176 €

270013

Multiaventura: medioambiente y mar

25/08-05/2009

02-03

176 €

270014

Acampada al lado del mar

25/08-05/2009

04-05

176 €

270015

Cam. Juv. Os Chacotes

Multiaventura en Os Chacotes

1-12/2007

02-03

176 €

270016

Aventura-T

17-28/2007

99-00-01

176 €

270017

02-13/2008

99-00-01

176 €

270018

Multiaventura en Os Chacotes

17-28/2008

02-03

176 €

270019

Poblado Os Peares (Carballedo)

Adventure Camp 2016

1-08/2007

05-06-07

113 €

270020

11-18/2007

05-06-07

113 €

270021

21-28/2007

02-03-04

113 €

270022

01-08/2008

02-03-04

113 €

270023

Albergue Municipal Quiroga

Explora O Courel

01- 08/2007

03-04-05-06-07

113 €

270024

Ourense

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Camp. Juv. Penedos de Xacinto (Entrimo)

Teatro y aventura en la naturaleza

01-12/2007

03-04-05-06-07

176 €

320001

17-28/2007

03-04-05-06-07

176 €

320002

02-13/2008

03-04-05-06-07

176 €

320003

Estación de montaña

Manzaneda

Manzaneda alta montaña

07-14/2008

02-03-04

113 €

320004

14-21/2008

02-03-04

113 €

320005

21-28/2008

05-06-07

113 €

320006

Albergue Equal

Campamento Equal

21-28/2008

04-05-06-07

113 €

320007

Complejo O Corgo

Muíños

Vive la naturaleza

02-09/2008

01-02-03

113 €

320008

Pontevedra

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. As Sinas

Actividades en el mar

1-12/2007

01-02

232 €

360001

17-28/2007

01-02

232 €

360002

2-13/2008

01-02

232 €

360003

17-28/2008

98-99-00-01

232 €

360004

Camp. Juv. Pontemaril

Aventura en la naturaleza

1-12/2007

04-05

176 €

360005

17-28/2007

02-03-04

176 €

360006

Mi primera aventura

1-8/2007

05-06-07

101 €

360007

11-18/2007

05-06-07

101 €

360008

21-28/2007

05-06-07

101 €

360009

Aventura en la naturaleza

2-13/2008

02-03-04

176 €

360010

17-28/2008

04-05

176 €

360011

Camp. Juv. Illa de Ons

Big Bang Illa

1-8/2007

03-04

101 €

360012

11-18/2007

04-05

101 €

360013

21-28/2007

02-03

101 €

360014

01-08/2008

04-05

101 €

360015

B. Campamentos de verano 2016-Plazas reservadas para inclusión

Instalación juvenil

Actividad

Fecha

Año

nacimiento

Importe

plaza

Código

Alb. Juv. Mariña Española

Aventura en As Mariñas

1-8/2007

05-06-07

113 €

150001

11-18/2007

05-06-07

113 €

150002

Alb. J. Gandarío

Actividades en el mar

17-28/2007

99-00-01

232 €

150010

17-28/2008

02-03

232 €

150012

Camp. Juv. Espiñeira

Candilejas

1-12/2007

04-05

176 €

150021

17-28/2007

04-05

176 €

150022

Cam. Juv. Os Chacotes

Aventura-T

2-13/2008

99-00-01

176 €

270018

Camp. Juv. Pontemaril

Mi primera aventura

11-18/2007

05-06-07

101 €

360008

Aventura en la naturaleza

1-12/2007

04-05

176 €

360005

2-13/2008

02-03-04

176 €

360010

C. Campaña de verano 2016-Campamentos en otras comunidades autónomas

Comunidad autónoma

Instalación juvenil

Modalidad

Año

nacimiento

Fecha

Importe

plaza

Código

Álava

Albergue Catedral de Vitoria-Gasteiz

Colonia de rock

99-00

1-12/2007

293 €

500001

Alb. Juv. Barría

Multiaventura

01-02

1-11/2008

274 €

500002

Isla de Zuhatza

Náutica

00-01-02

1-11/2008

283 €

500003

Extremadura

Camp. J. Emperador Carlos V (El Jerte)

Deporte y ocio en El Jerte

01-02

3-14/2008

247 €

500004

Castilla y León

Alb. Juv. Navarredonda de Gredos

Multiaventura y aire libre

02-03

1-12/2008

293 €

500005

La Rioja

Alb. Juv. Ezcaray

Multiaventura

01-02

1-12/2007

293 €

500006

Madrid

Alb. Juvenil El Escorial

Inmersión inglés y NN.TT.

98-99-00-01

1-10/2007

245 €

500007

ANEXO VII

– Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado. Consellería de Política Social.

Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 3ª planta, 15781 Santiago de Compostela.

Teléfonos: 881 99 90 25/881 99 93 14/881 99 91 94/981 95 71 15/981 54 48 38.

– Jefatura Territorial de A Coruña. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado.

CC Elviña. Calle Salvador de Madariaga, 9, 1º, 15008 A Coruña.

Teléfonos: 881 88 12 40/881 88 12 38/881 88 12 41.

– Jefatura Territorial de Lugo. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Ronda de la Muralla, 70, 27001 Lugo.

Teléfonos: 982 29 42 24/982 29 43 53/982 29 49 23.

– Jefatura Territorial de Ourense. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Avda. Habana, 81, bajo, 32004 Ourense.

Teléfonos: 988 38 61 20/988 38 61 16/988 38 61 18.

– Jefatura Territorial de Vigo. Consellería de Política Social. Servicio de Juventud y Voluntariado.

Calle Concepción Arenal, 8, 1ª planta, 36201 Vigo.

Teléfonos: 986 81 70 78/986 81 77 81/986 81 76 56.

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