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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 124 Viernes, 1 de julio de 2016 Pág. 28022

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (460/2015).

Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento 460/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Salvador Enrique Beltrán García contra la empresa Y Tú Que Haces, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Desestimo la demanda interpuesta por Salvador Enrique Beltrán García frente a la empresa Auga V. A Xestión e Mantenemento, S.L. frente a la mercantil Y Tú Que Haces, S.L., y frente a la Academia Gallega de Seguridad Pública y absuelvo a las codemandadas de la pretensión suscitada frente a ellas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme establecen los artículo 191 y siguientes la Ley reguladora de la jurisdicción social, debiendo anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. La recurrente, con la interposición del recurso y con las excepciones previstas en el artículo 229 del texto citado, deberá consignar la suma de 300 euros en la cuenta que este juzgado tiene abierta en la oficina principal de Banesto de esta ciudad, bajo la denominación “Depósitos y consignaciones”, con el numero 5081, especificando la clave 65 al tratarse de un recurso de suplicación.

Asimismo, y con la excepción prevista en el artículo 230 del texto mencionado, será indispensable acreditar, en el momento del anuncio del recurso, tener consignado en la cuenta anteriormente citada, la cantidad objeto de condena, si bien pude procederse a asegurar la suma por medio de aval bancario, con responsabilidad del avalista.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Y Tú Que Haces, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 6 de junio de 2016

La letrada de la Administración de justicia