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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Lunes, 18 de julio de 2016 Pág. 31082

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

ORDEN de 4 de julio de 2016 por la que se dictan instrucciones para la elaboración de los escenarios presupuestarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Si bien la aprobación de la ley de presupuestos anual constituye la etapa primordial en la que el sector público autonómico concreta las decisiones clave en el campo de las finanzas públicas para cada ejercicio, la mayor parte de las medidas adoptadas en ese marco tendrán implicaciones presupuestarias que van más allá del ciclo anual.

Una perspectiva anual proporciona, por lo tanto, una base deficiente para desarrollar políticas presupuestarias sólidas. Con motivo de integrar la perspectiva plurianual, la programación presupuestaria anual debe comenzarse en un marco presupuestario a medio plazo.

A estos efectos, la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera, consagra en su artículo 5 el principio de plurianualidad presupuestaria, y en el 11 la elaboración de los escenarios presupuestarios plurianuales, que serán la base para la elaboración del presupuesto anual.

La disponibilidad periódica de datos presupuestarios oportunos y fiables resulta precisa para el seguimiento de las políticas de gasto, el análisis del margen financiero para implementar las políticas que prioriza el plan estratégico de Galicia y para contar con capacidad de reacción ante una evolución presupuestaria diferente a la prevista.

Además, la disponibilidad de datos presupuestarios es esencial para un adecuado funcionamiento del marco de supervisión presupuestaria de la Unión Europea, por ello se aprueba la Directiva 2011/85, de 8 de noviembre, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros. Sus disposiciones obligan también a las comunidades autónomas.

El nuevo proceso de gobernanza europea introducido en el año 2010, instrumentalizado a través del conocido como semestre europeo, intenta garantizar una discusión conjunta de los planes económico-presupuestarios de los Estados miembros en determinadas fechas de cada ejercicio; todo ello con el fin de garantizar un examen pormenorizado de las políticas económicas nacionales y habilitar a la Comisión Europea para emitir informes con tiempo suficiente para posteriormente tomar decisiones a nivel nacional. También permite a los Estados miembros trabajar a medio plazo alineados con los objetivos de la Estrategia Europea 2020.

El marco presupuestario plurianual debe recoger proyecciones minuciosas de cada partida importante de gastos e ingresos relativas al ejercicio presupuestario en curso y a los siguientes, basadas en políticas no sujetas a modificaciones, es decir, en base a un escenario tendencial.

Por todo ello, la Consellería de Hacienda, en el marco de sus competencias de programación presupuestaria, estima preciso articular un sistema de escenarios presupuestarios plurianuales que, a su vez, está integrado por tres subsistemas, a saber:

– El subsistema de prospección económica.

– El subsistema de ingresos.

– El subsistema de políticas de gasto.

En lo que se refiere al subsistema de ingresos, es necesario contar con un sistema de información actualizada de previsión de la realización de los ingresos del ejercicio a efectos de contar con un escenario que parta de un ejercicio base de manera rigurosa.

En segundo lugar, es necesario contar con un sistema de variables que permita proyectar los ingresos de la forma más acertada posible para contar en la planificación financiera con la senda de ingresos más realista posible de cara a encajar los futuros compromisos de gasto y el margen fiscal disponible para cada uno de ellos.

En lo que se refiere al subsistema de políticas de gasto, y de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 9 de la Directiva 2011/85, para determinar las necesidades financieras tendenciales a medio plazo partimos del presupuesto en gastos estructurales, que comprenden el conjunto de gastos derivados de políticas que no se pueden modificar. Las necesidades financieras dimanantes de esta previsión se completan con otras que derivan de decisiones discrecionales y con los gastos recurrentes, en los que se contemplan las necesidades financieras de las políticas que sí pueden ser objeto de modificación.

La disposición final segunda de la Ley 2/2011, de 16 de junio, de disciplina presupuestaria y sostenibilidad financiera, establece que las instrucciones de elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, así como de los escenarios presupuestarios plurianuales, se aprobarán por orden de la consellería competente en materia de hacienda.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y demás normativa de aplicación,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

1. Mediante esta orden se dictan las instrucciones para desarrollar el sistema de escenarios presupuestarios plurianuales.

2. Dicho sistema se gestiona por la dirección general competente en materia de programación presupuestaria. Además, serán responsables en distintos campos específicos del sistema el órgano estadístico de la Comunidad Autónoma, los centros directivos del área de hacienda competentes en materia de tesoro, fondos finalistas y contabilidad pública, las restantes autoridades de gestión de fondos finalistas, la Agencia Tributaria de Galicia y los restantes gestores de ingresos.

3. La presente orden establece los contenidos de los escenarios presupuestarios, así como los procedimientos previstos para su elaboración y los agentes que deben intervenir en su confección y actualización.

Artículo 2. Definiciones

Escenario tendencial: escenario de gastos e ingresos que comprende el conjunto de gastos estructurales necesarios para el funcionamiento de la Administración y de los servicios públicos, las previsiones de los gastos adicionales para desarrollar las políticas públicas que tienen carácter recurrente, así como los compromisos ya asumidos adicionalmente por la Administración pública autonómica en otro tipo de gastos. También comprende los ingresos que se prevén recaudar por cualquier concepto para financiar los anteriores gastos. Todo ello bajo el supuesto de que la normativa vigente no cambie variando las expectativas de ingresos y gastos.

Escenario de ingresos: expresión cifrada de los ingresos que se prevén realizar a medio plazo, estará formado por el escenario tendencial así como el conjunto de medidas discrecionales que afecten a la tendencia.

Escenario de gastos: expresión cifrada de los gastos que se prevén realizar a medio plazo, estará formado por el escenario tendencial así como el conjunto de medidas discrecionales que afecten a la tendencia.

Proyecto de gasto: unidad básica de gasto según su finalidad. Comprende, por lo tanto, una pluralidad de gastos de igual o diferente naturaleza económica pero que persiguen una misma finalidad.

Proyectos estructurales: proyectos que comprenden los gastos imprescindibles para cubrir el coste de funcionamiento de cada servicio, pueden incluir gastos de diferente naturaleza económica pero sin ellos el servicio no podría funcionar.

Proyectos recurrentes: proyectos que abarcan gastos de igual o diferente naturaleza económica, que cada gestor define discrecionalmente para la consecución de sus objetivos, con la planificación temporal superior a un ejercicio presupuestario.

Proyectos comprometidos: proyectos que comprenden gastos de carácter anual o plurianual en los que cada gestor va a incurrir como consecuencia de la adopción de una decisión de gasto prioritaria. La diferencia está en que tanto la cuantificación como la duración está predeterminada desde su inicio.

Artículo 3. Ámbito temporal del escenario presupuestario plurianual

El escenario presupuestario plurianual de la Administración autonómica establecerá un horizonte de planificación financiera de tres años en adelante desde el ejercicio en curso, para garantizar que los presupuestos de la Comunidad Autónoma se inscriben en una perspectiva plurianual.

Artículo 4. Fechas de elaboración del escenario presupuestario plurianual y vigencia

Los escenarios presupuestarios plurianuales se elaborarán en el mes de julio coincidiendo con el inicio del ciclo presupuestario y servirán de base al cálculo del límite de gasto no financiero, formando parte del informe económico-financiero que acompaña a dicho límite.

Se actualizarán con posterioridad en el mes de noviembre, tras la presentación en el Parlamento del proyecto de ley de presupuestos; también se actualizarán después del cierre del ejercicio en el mes de marzo del año siguiente.

Artículo 5. Ámbito subjetivo

Los escenarios presupuestarios abarcan a la Administración general y todos los entes instrumentales que se integran en el perímetro de consolidación del presupuesto. Por tanto, se refieren a las secciones y servicios presupuestarios, organismos autónomos y agencias públicas autonómicas.

Artículo 6. Contenido del escenario presupuestario plurianual

1. El escenario presupuestario plurianual comprenderá lo siguiente:

• Proyección de las principales partidas de ingresos y gastos para el ámbito temporal del escenario.

• Las previsiones de magnitudes macroeconómicas, empleando la información más actualizada.

• Descripción de las políticas previstas a medio plazo que tengan repercusiones en las finanzas de la Administración pública, que muestren como se alcanzará el ajuste hacia los objetivos presupuestarios a medio plazo con respecto a las proyecciones tendenciales.

• Una evaluación de cómo dichas políticas inciden a largo plazo en las finanzas generales y pueden afectar a la sostenibilidad de las finanzas públicas.

2. En todo caso, los objetivos presupuestarios plurianuales expresados en términos de necesidad de financiamiento según el SEC-2010, la evolución del gasto de las administraciones integrantes del sector público autonómico y la deuda pública de la Xunta de Galicia y los demás indicadores presupuestarios a los que se refiere la Ley orgánica 2/2012, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, se ajustarán a las magnitudes acordadas en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera.

3. El sistema de escenarios presupuestarios plurianuales se instrumentará y estará integrado por tres subsistemas independientes:

• El subsistema de prospección económica.

• El subsistema de ingresos.

• El subsistema de políticas de gasto.

Artículo 7. Análisis de sensibilidad de los escenarios plurianuales

1. En el marco de un análisis de sensibilidad, las previsiones macroeconómicas permitirán analizar la evolución de las diferentes políticas de gasto teniendo en cuenta distintos supuestos de crecimiento y tipo de interés.

2. El conjunto de supuestos alternativos empleados en las previsiones macroeconómicas y presupuestarias se basará en los resultados del escenario base e intentará tener en cuenta los posibles escenarios de riesgo.

Artículo 8. Evaluación

Las previsiones del escenario presupuestario están sometidas a una evaluación periódica por parte de la Dirección General de Planificación y Presupuestos, por lo menos al cierre de cada ejercicio. Si en el curso de dicha evaluación se aprecia un sesgo o desviación importante, después de solicitar al agente responsable explicación sobre la razonabilidad de la desviación, se procederá a adaptar el escenario a las nuevas previsiones.

I. Subsistema de prospectiva económica.

Artículo 9. Principios del subsistema

1. La Consellería de Hacienda velará por que la planificación presupuestaria se base en previsiones macroeconómicas y presupuestarias realistas, empleando en cada escenario la información más actualizada.

2. La planificación presupuestaria se basará en el escenario macroeconómico más probable o en un escenario más prudente. Las previsiones macroeconómicas se compararán con las más actualizadas de la Comisión Europea, del ministerio competente en materia de hacienda y, en su caso, con las de otros centros relevantes de prospectiva públicos o privados independientes. Las diferencias importantes habrán de justificarse, de manera especial si los niveles de crecimiento de las variables se apartan de los valores expuestos en las otras previsiones de referencia.

Artículo 10. Agente responsable del subsistema de prospectiva económica

El agente responsable del subsistema de prospectiva económica será el Instituto Gallego de Estadística. Además de la explicación de la evolución de las variables del sistema, deberá describir la metodología empleada para su cálculo y proyección.

Artículo 11. Contenido del informe de prospectiva económica

1. El agente responsable del subsistema de prospectiva económica elaborará informes de situación económica que sirvan de base para la elaboración de los escenarios y de las actualizaciones establecidas en el artículo cuatro.

2. A tal fin, estos informes deberán estar disponibles en el servicio competente en materia de programación presupuestaria en la primera quincena de julio, octubre y marzo.

3. El contenido mínimo de los informes será el siguiente:

a) Un cuadro macroeconómico que explique la evolución en términos reales del PIB desde la óptica de la demanda, así como la evolución del PIB en términos nominales.

b) Análisis de la posición cíclica de la economía gallega y el saldo cíclico del sector público autonómico de Galicia, determinación del crecimiento potencial, output gap y saldo cíclico presupuestario de acuerdo a la metodología de la Comisión Europea, desarrollada por la Orden ECC/2741/2012 y concretada por la metodología desarrollada por el IGE.

c) Cálculo de la tasa de crecimiento medio de referencia nominal y real de Galicia, empleando la metodología indicada en el punto anterior.

Artículo 12. Análisis de sensibilidad

En el marco del análisis de sensibilidad descrita en el artículo 7, las previsiones macroeconómicas recogerán dos escenarios alternativos, con sesgo positivo y negativo, teniendo en cuenta diferentes hipótesis sobre las variables exógenas.

Artículo 13. Información complementaria

1. El agente responsable del subsistema participará en la estimación de la recaudación de las principales figuras tributarias de la Comunidad Autónoma.

2. También podrá participar en la elaboración de las proyecciones presupuestarias de las principales políticas de gasto, de la evolución del gasto a largo plazo y los de los datos para la evolución del endeudamiento.

3. La información necesaria para estas proyecciones se actualizarán al mismo tiempo que los datos del escenario presupuestario.

4. El anexo I recoge un listado mínimo de variables a facilitar por el agente responsable del subsistema de prospectiva económica.

II. Subsistema de ingresos.

Artículo 14. Contenido del escenario de ingresos

1. El escenario de ingresos tiene la finalidad de obtener un escenario plurianual tendencial de ingresos.

2. La estructura de dicho escenario se basará en la clasificación de ingresos presupuestarios de los capítulos 1 al 9 con el desglose con el que aparecen en los presupuestos de la comunidad autónoma.

3. El escenario contendrá información sobre los ingresos del último ejercicio cerrado a nivel de derecho reconocido neto, el presupuesto aprobado, la previsión de realización de ingresos del ejercicio en curso y la proyección para los tres siguientes ejercicios.

Artículo 15. Previsiones de realización de ingresos del ejercicio

1. Mediante un soporte informático los agentes con competencias en la gestión de cada tipo de ingreso recogerán la información precisa para mantener una previsión de realización de ingresos del ejercicio en curso.

2. Los agentes intervinientes y la información que serán responsables de mantener serán los indicados en el anexo II.

3. Cada uno de los agentes anteriores deberá desarrollar una metodología, supuestos y parámetros contrastados que acrediten unas previsiones solventes y de calidad.

4. El plazo para la actualización de los ingresos será hasta el último día de cada mes. En la primera semana del mes siguiente, el servicio de recursos y análisis presupuestario cerrará la actualización de la previsión. A tal efecto podrá requerir que se corrija, se complete o explique la información aportada por los agentes del sistema.

5. A partir de los meses de noviembre y diciembre, la periodicidad de la actualización de la referida previsión será la que concrete la Intervención General de la Comunidad Autónoma en la orden de cierre de cada ejercicio.

Artículo 16. Escenario de ingresos a medio plazo

1. En base a los datos del último ejercicio cerrado y a la previsión de realización del ejercicio en curso, se elaborarán los escenarios de ingresos plurianuales.

2. Para el cálculo del escenario tendencial se actualizan las previsiones de realización del ejercicio en función de las variables estadísticas que mejor expliquen la evolución de cada tipo de ingresos. Dichas variables formarán parte de los datos actualizados por el Instituto Gallego de Estadística en el subsistema de prospección económica.

3. El órgano de dirección competente en tesoro y política financiera remitirá, en las fechas establecidas en el artículo 4, información sobre los ingresos plurianuales de los capítulos 5, 8 y 9 al servicio competente en materia de programación presupuestaria.

3. Para el cálculo del escenario final, se ajustará al tendencial con el impacto de las diferentes medidas que afecten a los ingresos a los que se refiere esta orden.

Artículo 17. Beneficios fiscales

1. Los escenarios financieros contendrán información detallada sobre la incidencia de los beneficios fiscales en los ingresos, que cuando sean de nueva aplicación afectarán a la tendencia.

2. A tal efecto la Agencia Tributaria de Galicia remitirá información sobre dicha incidencia en las fechas establecidas en el artículo 4.

III. Subsistema de políticas de gasto.

Artículo 18. Contenido del subsistema de políticas de gasto

1. El subsistema de políticas de gasto tiene por finalidad obtener un escenario plurianual tendencial y final de las políticas de gasto de la Comunidad Autónoma.

2. La información integrante del escenario plurianual de gastos se recogerá en función de las clasificaciones de gastos presupuestarios, con el nivel de detalle con el que aparecen en los presupuestos de la Comunidad Autónoma.

3. Los escenarios de gasto reflejarán las fuentes de financiación dimanantes de las proyecciones del subsistema de ingresos.

4. El escenario contendrá información sobre los gastos del último ejercicio cerrado a nivel de obligaciones reconocidas, el presupuesto aprobado, la previsión de realización de gasto del ejercicio en curso y la proyección para los tres siguientes ejercicios.

Artículo 19. Previsiones de realización de gastos del ejercicio corriente

1. La Intervención General de la Comunidad Autónoma comunicará los ajustes de contabilidad nacional correspondientes al último ejercicio cerrado y la previsión de los del ejercicio en curso.

2. La Subdirección de Costes de Personal remitirá en las fechas establecidas su proyección de gasto a los efectos de su integración en el escenario.

3. El gasto financiero previsto para el ejercicio será actualizado por el centro directivo competente en materia de política financiera, este aportara igualmente los datos precisos en lo que respecta a la previsión de realización y proyección de pasivos financieros (capítulo 9).

4. El resto del gasto corriente se proyectará en base a la aplicación sobre el presupuesto vigente del porcentaje de ejecución de los últimos ejercicios en cada momento de cálculo de los escenarios.

Artículo 20. Escenario de gastos a medio plazo

1. El escenario de medio plazo se formulará a partir de los datos del último ejercicio cerrado y de las previsiones de gasto del ejercicio corriente, y corresponderá a los tres ejercicios siguientes.

2. Para el cálculo del escenario tendencial se aplicarán a las previsiones de realización del ejercicio las variables que mejor expliquen la evolución de cada tipo de gasto. Dichas variables formarán parte de los datos actualizados por el Instituto Gallego de Estadística en el subsistema de prospección económica, en su caso.

3. A tal efecto el escenario de gastos tendencial se articula como un sistema de costes cuya unidad básica será el proyecto, éstos se clasificarán como gasto estructural, gasto recurrente y gasto comprometido a efectos de sistematizar su evolución a medio plazo. En este contexto se prestará especial atención a la valoración del coste de explotación de las nuevas inversiones.

4. Para el cálculo del escenario final, se ajustará el tendencial con el impacto de las diferentes medidas discrecionales de gasto, dentro de los límites a los que se refiere el artículo 6.2. Estas tendrán como referente básico:

a) El cumplimiento de los objetivos y prioridades del Plan estratégico de la Comunidad Autónoma.

b) El coste del desarrollo de los programas de gasto según el nivel de realización propuesto para cada ejercicio.

c) La incidencia presupuestaria que se pueda derivar de los nuevos proyectos de ley, disposiciones reglamentarias y cualquier otra actuación que suponga gasto.

Artículo 21. Modificación de las previsiones

1. Las previsiones contenidas en los escenarios de gasto serán comunicadas a cada gestor para que planifique sus políticas de gasto, con arreglo a sus disponibilidades financieras.

2. El servicio competente en materia de programación presupuestaria podrá solicitar información sobre los elementos de coste de los principales proyectos de gasto, de manera especial cuando existan desviaciones entre el gasto real y la senda prevista, se inicien nuevas actuaciones de gasto o una modificación sustancial de las ya existentes.

3. Todos los gestores deberán valorar el encaje en los escenarios de todas las medidas y actuaciones que estén desarrollando o pretendan desarrollar y que tengan o puedan tener impacto en los ejercicios futuros.

Disposición final primera

Se autoriza a la Dirección General de Planificación y Presupuestos para desarrollar las disposiciones contenidas en esta orden, especialmente la actualización de los anexos.

Disposición final segunda

Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de julio de 2016

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda

ANEXO I
Listado de las variables

Variable

Responsable de la previsión

Gasto en consumo final

Instituto Gallego de Estadística

– Gasto en consumo final de los hogares e ISFLSF

Instituto Gallego de Estadística

– Gasto en consumo final de las AAPP

Instituto Gallego de Estadística

Formación bruta de capital

Instituto Gallego de Estadística

Aportación demanda interna

Instituto Gallego de Estadística

Exportación de bienes y servicios

Instituto Gallego de Estadística

Importación de bienes y servicios

Instituto Gallego de Estadística

Producto interior bruto (PIB)

Instituto Gallego de Estadística

Producto interior bruto nominal

Instituto Gallego de Estadística

Empleo. PTETC

Instituto Gallego de Estadística

Tasa de paro

Instituto Gallego de Estadística

Proyecciones de población por rangos de edad

Instituto Gallego de Estadística

Índice de precios al consumo

Instituto Gallego de Estadística

Tasa de referencia de crecimiento

Instituto Gallego de Estadística

Tasa de actividad

Instituto Gallego de Estadística

Tasa de actividad de 16-64 años

Instituto Gallego de Estadística

ANEXO II
Agentes intervenintes en las proyecciones de cierre de ingresos
e información que serán responsables de mantener

Responsable de la previsión

Aplicación de ingresos

Ámbito

Descripción de la aplicación de ingresos

Atriga (ingresos de Administración general)

1120

Admón. general

Impuesto compensatorio ambiental minero

1110-

Admón. general

Impuesto sobre sucesiones y donaciones

1111-

Admón. general

Impuesto sobre el patrimonio

1112-

Admón. general

Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito

120-

Admón. general

Sobre transmisiones patrimoniales onerosas y A.J.D.

122005-

Admón. general

Impuesto sobre determinados medios de transporte

122009-

Admón. general

Impuesto sobre hidrocarburos. t. autonómico

1221-

Admón. general

Impuesto minorista de hidrocarburos

1230-

Admón. general

Tasas fiscales sobre el juego

1231-

Admón. general

Impuesto sobre actividades de juego

1291-

Admón. general

Impuesto sobre la contaminación atmosférica

1292-

Admón. general

Impuesto sobre el daño ambiental del auga embalsada

1293-

Admón. general

Canon eólico

138-

Admón. general

Reintegros

139101-

Admón. general

Intereses de demora

139102-

Admón. general

Recargo de apremio

139199-

Admón. general

Multas y sanciones tributarias

139904-

Admón. general

Gestión recaudadora ejecutiva a otros entes

Dirección General de Planificación y Presupuestos

1100-

Admón. general

Tarifa autonómica sobre la renta de las personas físicas

1210-

Admón. general

Impuesto sobre el valor añadido

1220-

Admón. general

Impuestos especiales

130-

Admón. general

Tasas administrativas

131-

Admón. general

Precios

1343-

Admón. general

De sociedades públicas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma

139907-

Admón. general

Convenios Asesoria Jurídica

139901-

Admón. general

Recursos eventuales

139951-

Admón. general

Ingresos por compensación en dependencia

139999-

Admón. general

Otros ingresos diversos

1400-

Admón. general

Participación en el sistema de financiación

144-

Admón. general

De sociedades públicas y otras entidades públicas de la Comunidad Autónoma

149302-

Admón. general

Cooperacion transnacional Espacio Atlantico 2007-2013

149303-

Admón. general

Cooperacion transnacional Interreg IV B Sudoe 2007-2013

149304-

Admón. general

Interreg IV C 2007-2013

1499-

Admón. general

Otras transferencias de la Unión Europea

168-

Admón. general

Reintegro por operaciones de capital

174-

Admón. general

De sociedades públicas y otras entidades públicas de la Comunidad Autónoma

179102-

Admón. general

Cooperacion transnacional Espacio Atlantico 2007-2013

179103-

Admón. general

Cooperacion transnacional Interreg IV B Sudoe 2007-2013

179104-

Admón. general

Interreg IV C 2007-2013

179207-

Admón. general

Feaga 2014-2020

1799-

Admón. general

Otras transferencias de la Unión Europea

Dirección General de Política Financiera y Tesoro

1394-

Admón. general

Diferencias entre valores de reembolso y emisión

15-

Admón. general

Ingresos patrimoniales

18-

Admón. general

Activos financieros

19-

Admón. general

Pasivos financieros

Dirección General de Proyectos y Fondos Europeos

149004-

Admón. general

FSE P.O. 2014-2020

149301-

Admón. general

Cooperacion transfronteriza España Portugal 2007-2013

1496-

Admón. general

Iniciativa de empleo juvenil. YEI

1700-

Admón. general

Del Fondo de Compensación Interterritorial

179004-

Admón. general

Feder P.O. 2014-2020

179101-

Admón. general

Cooperación transfronteriza España Portugal 2007-2013

Fogga (ingresos de Administración general)

179206-

Admón. general

Feader 2014-2020

179207-

Admón. general

Feaga 2014-2020

Secretaría General Técnica y del Patrimonio, de la Consellería de Hacienda

16-

Admón. general

Enajenación de inversiones reales

Gestor de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

149016-

Admón. general

FSE 2014-2020.FP básica y nuevos itinerarios 3º y 4º ESO

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería de Economía, Emplego e Industria

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería de Hacienda

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería de Política Social

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1401-

Admón. general

De la Seguridad Social

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería de Sanidad

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Consellería del Mar

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvencións finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

179414-

Admón. general

Femp 2014-2020

Gestor de la Consellería del Medio Rural

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Presidencia de la Xunta

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Admóns. Públicas y Justicia

1392-

Admón. general

Sanciones impuestas por las consellerías

1402-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1403-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

Admón. general

Subvenciones finalistas de la Administración general

146-

Admón. general

De corporaciones locales

147-

Admón. general

De empresas privadas

148-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1702-

Admón. general

De organismos autónomos del Estado

1703-

Admón. general

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

Admón. general

Subvencions finalistas de la Administración general

176-

Admón. general

De corporaciones locales

177-

Admón. general

De empresas privadas

178-

Admón. general

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

Gestor del organismo autónomo o agencia (excepto Sergas)

13-

OOAA/agencia

Tasas, precios y otros ingresos

1402-

OOAA/agencia

De organismos autónomos del Estado

1403-

OOAA/agencia

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

OOAA/agencia

Subvenciones finalistas de la Administración general

144-

OOAA/agencia

De sociedades públicas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma

146-

OOAA/agencia

De corporaciones locales

147-

OOAA/agencia

De empresas privadas

148-

OOAA/agencia

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1493-

OOAA/agencia

Interreg III y otras iniciativas 2007-2013

1499-

OOAA/agencia

Otras transferencias de la Unión Europea

15-

OOAA/agencia

Ingresos patrimoniales

16-

OOAA/agencia

Enajenación de inversiones reales

1702-

OOAA/agencia

De organismos autónomos del Estado

1703-

OOAA/agencia

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

OOAA/agencia

Subvenciones finalistas de la Administración general

174-

OOAA/agencia

De sociedades públicas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma

176-

OOAA/agencia

De corporaciones locales

177-

OOAA/agencia

De empresas privadas

178-

OOAA/agencia

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1791-

OOAA/agencia

Interreg III y otras Iniciativas 2007-2013

1799-

OOAA/agencia

Otras transferencias de la Unión Europea

18-

OOAA/agencia

Activos financieros

19-

OOAA/agencia

Pasivos financieros

Gestor del Sergas

13-

OOAA

Tasas, precios y otros ingresos

1401-

OOAA

De la Seguridad Social

1402-

OOAA

De organismos autónomos del Estado

1403-

OOAA

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1404-

OOAA

Subvenciones finalistas de la Administración general

1406-

OOAA

Fondo de Cohesión Sanitaria y Fondo de Garantía Asistencial

144-

OOAA

De sociedades públicas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma

146-

OOAA

De corporaciones locales

147-

OOAA

De empresas privadas

148-

OOAA

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

1493-

OOAA

Interreg III y otras iniciativas 2007-2013

1499-

OOAA

Otras transferencias de la Unión Europea

15-

OOAA

Ingresos patrimoniales

16-

OOAA

Enajenación de inversiones reales

1702-

OOAA

De organismos autónomos del Estado

1703-

OOAA

De empresas públicas y otros entes públicos del Estado

1704-

OOAA

Subvenciones finalistas de la Administración general

174-

OOAA

De sociedades públicas y otros entes públicos de la Comunidad Autónoma

176-

OOAA

De corporaciones locales

177-

OOAA

De empresas privadas

178-

OOAA

De familias e instituciones sin ánimo de lucro

179003-

OOAA

Feder. Innova Salud y H2050

1791-

OOAA

Interreg III y otras iniciativas 2007-2013

1799-

OOAA

Otras transferencias de la Unión Europea

18-

OOAA

Activos financieros

19-

OOAA

Pasivos financieros