La Orden de la Consellería del Medio Rural de 28 de diciembre de 2015 (DOG núm. 248, de 30 de diciembre de 2015) establece las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y las convoca para el año 2016.
En el artículo 16.1 de la orden se establece como plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas el 15 de noviembre de 2016. Teniendo en cuenta la singularidad de los trabajos silvícolas y la dificultad de ejecución en época de máximo riesgo de incendio forestal, es necesario aumentar el plazo de dicha justificación de la finalización de las actuaciones subvencionadas hasta el 30 de diciembre de 2016, inclusive.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.1 del Estatuto de autonomía de Galicia y en uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta de Galicia y de su presidencia,
DISPONGO:
Artículo único
Ampliar hasta el 30 de diciembre de 2016, inclusive, el plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas establecido en el artículo 16.1 de la Orden de la Consellería del Medio Rural de 28 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2016.
Disposición final única
Esta orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 12 de agosto de 2016
Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira del Medio Rural