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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Martes, 25 de octubre de 2016 Pág. 47703

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace público el acuerdo del tribunal que juzga el proceso selectivo para el ingreso en la categoría de médico/a de familia de atención primaria, convocado por la Resolución de 10 de diciembre de 2014, relativo a la baremación definitiva de la fase de concurso y a la publicación de los/las aspirantes definitivamente seleccionado/as.

La base octava de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 10 de diciembre de 2014 (Diario Oficial de Galicia núm. 242, de 18 de diciembre), por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en la categoría de médico/a de familia de atención primaria del Servicio Gallego de Salud, dispone que contra los resultados de la baremación provisional, los/las aspirantes que lo consideren oportuno podrán presentar reclamación ante el propio tribunal en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A la vista de las reclamaciones presentadas o apreciado de oficio por el órgano de selección algún error material en la baremación provisional asignada a los aspirantes, el tribunal practicará las oportunas correcciones y aprobará las puntuaciones definitivas de la fase de concurso y la relación de aspirantes seleccionados, por el orden de puntuación alcanzada en los diferentes turnos de acceso, y elevará esta relación a la autoridad convocante para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

En la base novena de la citada resolución se disponen, además, que los/las aspirantes definitivamente seleccionados/as dispondrán del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación para la presentación de la documentación preceptiva exigida en la convocatoria.

De conformidad con las antedichas bases, esta dirección general, como órgano convocante del proceso

RESUELVE:

Primero. Publicar en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) el acuerdo del tribunal, relativo a las puntuaciones definitivas de la fase de concurso obtenidas por las personas aspirantes que superaron la fase de oposición del proceso selectivo para el ingreso en la categoría de médico/a de familia de atención primaria convocado por Resolución de 10 de diciembre de 2014.

Cada aspirante podrá consultar, además, el detalle de la puntuación obtenida en los distintos epígrafes del baremo, en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos.

Segundo. Publicar, como anexo de esta resolución, la relación de los/las aspirantes seleccionados/as en este proceso, según el orden de puntuación conseguida en los diferentes turnos de acceso de conformidad con el número de plazas convocadas y la previsión contenida en las bases 1.3.4 y 1.4.2 de la resolución de convocatoria.

Tercero. De conformidad con la base 9.1 de la convocatoria, los/las aspirantes seleccionados/as que se relacionan en el anexo de esta resolución dispondrán del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación para la presentación de la siguiente documentación:

a) Declaración bajo su responsabilidad de no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

b) Certificado médico oficial en que se acredite la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias de la categoría.

Los/las aspirantes seleccionados que accedieron por el turno de personas con discapacidad deberán aportar en este plazo, además de la documentación anterior, original o certificación compulsada acreditativa del mantenimiento de los requisitos para acceder por el correspondiente turno, de no tener carácter definitivo la resolución por la que se le reconoció la discapacidad, y que fue aportada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

c) Por exigencia del artículo 13 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, según la redacción efectuada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, certificación del Registro Central de delincuente sexuales dependiente del Ministerio de Justicia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o, en su defecto, autorización escrita al Servicio Gallego de Salud para consultar los datos contenidos en el citado registro y solicitar en su nombre la oportuna certificación.

Esta autorización deberá prestarse en el modelo que al efecto consta en la página web del Servicio Gallego de Salud, en el apartado relativo a empleo público, categoría de médico/a de médico de familia (www.sergas.es/empleo público).

La documentación requerida en los apartados a), b) y c) deberá presentarse en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15703, Santiago de Compostela.

De conformidad con la base 9.2 de la Resolución de 10 de diciembre de 2014, los/las que dentro del plazo fijado no presenten la documentación o del examen de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos para participar en el proceso selectivo, no podrán ser nombrados/as personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto. Sólo a los efectos de elección de destino, de conformidad con el artículo 9 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, los/las aspirantes que superen el concurso-oposición por el turno reservado a personas con discapacidad, podrán solicitar a la autoridad convocante, en el plazo que se indica en el apartado tercero de esta resolución, la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.

Quinto. Contra el acuerdo del tribunal, los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2016

Margarita Prado Vaamonde
Directora general de Recursos Humanos

ANEXO
Relación de aspirantes seleccionados/as

DNI

Apellidos y nombre

Acceso

OPE

Formación

Experiencia

Innovación e investigación

Total

*373A

Muíño Vázquez, Virtudes

P

46,091

14,000

13,950

0,000

74,041

*857Z

Prieto Larrán, Sergio

P

33,819

14,000

20,075

0,000

67,894

*613S

Periscal Martínez, Huguete

P

37,228

14,000

14,100

0,020

65,348

*296E

Andrés Iglesias, Ramón

P

40,773

14,000

8,200

0,000

62,973

*781S

Piñeiro Vidal, María José

P

40,910

14,000

7,050

0,300

62,260

*578K

Iglesias Acevedo, María del Pilar

P

39,546

3,507

16,375

0,000

59,428

*421Z

Castro Balado, Eva María

P

39,137

14,000

5,025

0,400

58,562

*418B

Villaverde Cabaleiro, Luis

P

33,819

14,000

10,275

0,100

58,194

*983V

Vila Alonso, María Teresa

P

36,819

14,000

5,600

0,150

56,569

*427B

Camacho Cascajo, Gabriel

P

38,864

14,000

3,650

0,000

56,514

*216J

Muñoz García, José Luis

P

38,046

14,000

3,150

0,200

55,396

*784L

Prado Comesaña, María Otilia

P

35,455

14,000

5,375

0,000

54,830

*019D

Purriños Orgeira, María Lourdes

P

36,546

14,000

2,875

1,200

54,621

*263N

Saiz Rubio, María Jesús

P

34,364

14,000

6,200

0,000

54,564

*016B

Pousa Fernández, Patricia

P

36,137

14,000

2,850

0,000

52,987

*773K

Pérez Garrido, María Isabel

P

32,728

14,000

6,125

0,100

52,953

*623B

González Blanco, María Amparo

P

33,819

14,000

4,675

0,000

52,494

*274Y

Fernández González, María Esther

P

32,864

14,000

4,700

0,300

51,864

*406R

Guzmán Sáez, María Encarnación

P

33,000

14,000

4,225

0,000

51,225

*639T

Rascado Sedes, Francisco

P

34,091

14,000

2,825

0,000

50,916

*461M

Raluy Domínguez, Juan José

P

37,228

12,115

0,300

0,000

49,643

*551D

González Pereiro, María Benita

P

35,046

11,525

1,300

0,000

47,871

*393Q

Díez Pascual, Roberto

P

29,455

5,480

12,225

0,100

47,260

*418M

Rodríguez Corral, Eva María

D

35,000

14,000

17,700

0,000

66,700

*637E

Rodríguez Ramos, Ana María

D

35,875

7,017

21,575

0,000

64,467

*961J

Abdulkadir Kurdi, Ghassan

D

35,250

6,585

22,000

0,000

63,835

*398F

Méndez Besada, María Consuelo

D

32,375

8,450

22,000

0,000

62,825

*292C

Rionegro López, Miguel Ángel

L

45,125

14,000

22,000

0,000

81,125

*067Q

Pérez Fernández, Ana

L

42,750

14,000

22,000

0,000

78,750

*895K

Martínez Figueiras, Ángel

L

42,500

14,000

22,000

0,000

78,500

*266T

Pérez Souto, Marta

L

41,250

14,000

22,000

0,000

77,250

*381B

Nebreda Vicario, María Consuelo

L

40,000

14,000

22,000

0,150

76,150

*270B

Doporto Framil, Carlos Primo

L

41,875

14,000

19,800

0,000

75,675

*421F

Martín Díaz, Ricardo

L

41,250

14,000

20,125

0,150

75,525

*043R

González Vázquez, Gabriel

L

38,875

14,000

21,775

0,000

74,650

*054M

Gabián Pereira, Carlos

L

44,375

14,000

16,050

0,000

74,425

*787T

Sanjurjo Méndez, María Lidia

L

38,250

14,000

22,000

0,000

74,250

*366P

Gallego Laborda, María Pilar

L

38,000

14,000

22,000

0,000

74,000

*175S

Pérez Rojo, José Antonio

L

39,500

14,000

20,400

0,000

73,900

*260J

Soria Paz, María Mercedes

L

37,750

14,000

22,000

0,000

73,750

*652X

Guede Gallego, María Carmen

L

37,750

14,000

22,000

0,000

73,750

*070K

Iglesias Pérez, Eugenia

L

37,750

14,000

22,000

0,000

73,750

*896B

Blanco Jorge, María Jesús

L

37,500

14,000

22,000

0,050

73,550

*425N

Reboiro Díaz, Santiago Tomás

L

38,875

14,000

19,950

0,400

73,225

*286T

Pérez Laorden, Ana

L

36,875

14,000

22,000

0,000

72,875

*530E

Estebanez Fernández, Jesús

L

36,875

14,000

22,000

0,000

72,875

*093G

López Carbajales, Esther

L

36,875

14,000

21,450

0,000

72,325

*256B

Fernández Viéitez, María Begoña

L

38,125

12,145

22,000

0,050

72,320

*592F

Díaz López, Florentino

L

39,625

9,859

22,000

0,600

72,084

*963K

Becoña de la Torre, Francisco

L

35,875

14,000

22,000

0,000

71,875

*914L

Freire Picos, José Antonio

L

35,875

14,000

22,000

0,000

71,875

*837Z

García Fraga, José Antonio

L

44,250

14,000

12,975

0,550

71,775

*391Q

Torreira Queijeiro, María José

L

35,625

14,000

22,000

0,000

71,625

*390S

Rey Goldar, María Luz

L

35,000

14,000

22,000

0,550

71,550

*992M

Hurtado Hernández, Zaraida

L

41,500

14,000

15,450

0,550

71,500

*662G

Expósito Alfonso, María Aurora

L

35,500

14,000

21,900

0,040

71,440

*287C

Naveiro Millán, Juana María

L

35,375

14,000

22,000

0,000

71,375

*074H

Baltar Domínguez, Carlos Ramón

L

35,000

14,000

22,000

0,000

71,000

*920T

Carrasco Cendón, Aurora

L

35,875

13,015

22,000

0,000

70,890

*427D

Fandiño Carrillo, María José

L

34,875

14,000

22,000

0,000

70,875

*624G

Arijón Barazal, María Cristina

L

34,875

14,000

22,000

0,000

70,875

*769X

Lamas Otero, Sara

L

34,250

14,000

22,000

0,000

70,250

*798K

Bravo González, Ana Isabel

L

34,125

14,000

22,000

0,000

70,125

*761K

Fernández Martínez, María Angustias

L

36,875

11,135

22,000

0,000

70,010

*062G

Sola Ananín, Beatriz

L

50,125

14,000

5,700

0,000

69,825

*741L

Piñeiro Martínez, Rosalía Consolación

L

37,875

14,000

17,700

0,000

69,575

*601S

Fernández Soto, María Eugenia

L

33,500

14,000

22,000

0,000

69,500

*471X

Buján Garmendia, Sandra

L

33,500

14,000

22,000

0,000

69,500

*267A

Cruz Rodríguez, María Mercedes

L

37,375

9,910

22,000

0,000

69,285

*112M

Ramos Fernández, Carlos

L

39,875

13,635

15,750

0,000

69,260

*897K

Fernández Díaz, María del Pilar

L

33,000

14,000

22,000

0,000

69,000

*789X

Fandiño Lorenzo, Antía

L

35,625

11,200

22,000

0,000

68,825

*773X

Rodríguez Gómez, Margarita

L

32,625

14,000

22,000

0,050

68,675

*246M

López Fidalgo, María Inmaculada

L

34,500

14,000

20,100

0,000

68,600

*140B

Moreno Torres, María Ángeles

L

32,500

14,000

22,000

0,000

68,500

*966X

Ollero Losada, María Teresa

L

32,375

14,000

22,000

0,000

68,375

*598E

Arca Pichel, María del Carmen

L

32,375

14,000

22,000

0,000

68,375

*542K

Artabe Noya, Roberto Fernando

L

33,375

12,835

22,000

0,000

68,210

*650N

Rivas Azurmendi, Pablo

L

32,500

13,703

22,000

0,000

68,203

*336F

Portela Carreiro, Julio

L

31,875

14,000

22,000

0,300

68,175

*796H

Martínez López, Paula

L

42,000

14,000

12,150

0,000

68,150

*898L

Rodríguez Posada, María

L

32,500

14,000

21,300

0,000

67,800

* El NIF del/de la profesional se muestra cifrado en protección de los datos de carácter personal.