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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 18 de noviembre de 2016 Pág. 51495

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño

EDICTO (557/2015).

Sentencia número 108/2016

Jueza que la dicta: Olalla Díaz Sánchez

Demandantes: Javier Gilsanz Fernández y Héctor Gilsanz Fernández

Procuradora: María Victoria Soñora Álvarez

Abogada: Rosa Iglesias Costas

Demandados: Santiago Gilsanz Fernández

Procuradora: Josefa Fernández Piñeiro

Abogado: Benigno Sobral Rey

José Martín Gilsanz Fernández (rebelde procesal)

Objeto del juicio: acción de división de la cosa común y reclamación de cantidad

Ministerio Fiscal: no interviene

Fallo que, estimando íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de Javier Gilsanz Fernández y Héctor Gilsanz Fernández frente a Santiago Gilsanz Fernández y José Martín Gilsanz Fernández, declaro la extinción del condominio sobre el inmueble descrito en el hecho primero de la demanda e inscrito en el Registro de la Propiedad de Tui al tomo 1052, libro 199 de O Porriño, folio 98, finca número 32244, Idufir: 36010001025976, y su indivisibilidad y, en consecuencia, ordeno su venta en pública subasta judicial, debiendo distribuirse el precio que en ella se obtenga conforme al derecho de cada propietario, una vez descontados los gastos.

Declaro a la parte actora desistida de la pretensión de condena formulada frente a Santiago Gilsanz Fernández a abonar a Javier Gilsanz Fernández la cantidad de 2.347,67 euros por las cantidades que debió asumir detalladas en el expositivo cuarto de la demanda (pretensión B) del suplico de su demanda), sobreseyendo el proceso y pudiendo ejercitar nueva demanda contra él con el mismo objeto si no hubiese otra causa que lo impidiere.

Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

La presente resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación a preparar en este juzgado en el plazo de 20 días desde su notificación.

Notifíquese a la partes.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido publicada por el juez que la suscribe en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública con mi asistencia, la letrada de la Administración de justicia, de lo que doy fe.

O Porriño, 14 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia