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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 31 de marzo de 2017 Pág. 15623

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 29 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas, para la creación de empresas para los jóvenes agricultores y para la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

BDNS (Identif.): 340316.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

En función del tipo de ayuda que soliciten, las siguientes personas podrán ser beneficiarias:

a) Medida 4. Inversiones en activos físicos.

– Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (planes de mejora en las explotaciones agrarias, procedimiento MR405A).

a. Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias.

b. Jóvenes agricultores que se instalan en una explotación de nueva creación.

b) Medida 6. Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresariales.

– Submedida 6.1. Creación de empresas para los jóvenes agricultores (procedimiento MR404A).

a. Cualquier persona física que, al momento de presentar la solicitud, no tenga más de cuarenta años, cuente con la capacidad y competencias profesionales adecuadas y se instale en una explotación agraria por vez primera como jefa de dicha explotación.

– Submedida 6.3. Creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones (procedimiento MR405B).

a. Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto convocar para el año 2017 las siguientes líneas de ayuda incluidas en el Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-020, en régimen de concurrencia competitiva:

a) Medida 4. Inversiones en activos físicos.

– Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (planes de mejora en las explotaciones agrarias, procedimientos MR405A).

b) Medida 6. Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresariales.

– Submedida 6.1. Creación de empresas para los jóvenes agricultores (incorporación de jóvenes a la actividad agraria, procedimiento MR404A).

– Submedida 6.3. Creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones (procedimiento MR405B).

Estas ayudas tienen como finalidad:

a) Incrementar la competitividad y el rendimiento global de las explotaciones mediante su modernización.

b) Asegurar la competitividad y la continuidad del tejido agrario.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 29 de marzo 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas, para la creación de empresas para los jóvenes agricultores y para la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2017.

Cuarto. Importe

Para la concesión de las subvenciones convocadas se destinará un crédito de sesenta y cinco millones de euros (65.000.000), repartido en:

– Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas (planes de mejora en las explotaciones agrarias, procedimiento MR405A), cuarenta millones de euros (40.000.000).

– Submedida 6.1. Creación de empresas para los jóvenes agricultores (procedimiento MR404A), veinte millones de euros (20.000.000).

– Submedida 6.3. Creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones (procedimiento MR405B), cinco millones de euros (5.000.000).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de marzo de 2017

Belén Mª do Campo Piñeiro
Directora general de Ganadería, Agricultura e Industrias Agroalimentarias