Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Lunes, 5 de junio de 2017 Pág. 27044

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 23 de mayo de 2017 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para inversión en la mejora de las infraestructuras y equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y puntos de atención a la infancia (PAI) dependientes de las corporaciones locales, y se convocan para el año 2017 (cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020).

BDNS (Identif.): 349000.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

1. Podrán optar a estas ayudas las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Galicia que se encuentren en uno de los supuestos siguientes:

a) Tener en funcionamiento una escuela infantil 0-3 o un punto de atención a la infancia de su titularidad.

b) Tener una escuela infantil 0-3 o un punto de atención a la infancia de su titularidad que únicamente dependan de la dotación del equipamiento necesario para el desarrollo de la actividad para ser puestos en marcha en el curso 2017/18.

La entidad beneficiaria no podrá haber recibido ayudas financiadas con fondos estructurales y de inversión europeos (EIE) 2007-2013 para el mismo concepto de gasto. En el supuesto de recursos que únicamente dependan de la dotación de equipamiento para ser puestos en marcha, tampoco podrán haber recibido ayudas financiadas con fondos EIE 2007-2013 para la construcción de la infraestructura.

2. Todos los equipamientos citados en el punto anterior deben cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia; en el Decreto 329/2005, de 28 de julio, por el que se regulan los centros de menores y los centros de atención a la infancia; en el Decreto 192/2015, de 29 de octubre, por el que se define la Cartera de servicios sociales de familia, infancia y adolescencia, así como, en su caso, en la normativa de desarrollo.

3. Por otra parte, para poder ser beneficiaria de estas ayudas la entidad local deberá haber cumplido, con anterioridad a que finalice el plazo de presentación de solicitudes, el requisito de tener presentadas en el Consejo de Cuentas de Galicia las cuentas a las cuales se refiere el artículo 208 y siguiente del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, correspondientes al ejercicio presupuestario 2015.

4. No se podrá obtener la condición de entidad beneficiaria de estas subvenciones cuando concurra alguna de las circunstancias o prohibiciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Todos los requisitos y condiciones exigidos deberán cumplirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, excepto el permiso de inicio de la actividad necesario para la financiación de las actuaciones previstas en el artículo 3.1.b) que, en todo caso, no podrá ser otorgado con fecha posterior a 5 de diciembre de 2017.

Segundo. Objeto

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas económicas a las corporaciones locales para la adecuación y mejora de las escuelas infantiles 0-3 y de los puntos de atención a la infancia (PAI) de su titularidad a través de la realización de obras menores y de la compra del equipamiento necesario, en la consideración de que la calidad de las infraestructuras y del mobiliario y recursos educativos utilizados es un factor básico de impulso de la calidad de la atención prestada. Asimismo, se convoca esta ayuda para el año 2017.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 23 de mayo de 2017 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para inversión en la mejora de las infraestructuras y equipamiento de las escuelas infantiles 0-3 y puntos de atención a la infancia (PAI) dependientes de las corporaciones locales y se convocan para el año 2017 (cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020).

Cuarto. Importe

Hasta el 100 % de la inversión subvencionable y una cuantía máxima por cada centro de 20.000 euros para las actuaciones destinadas a la realización de obras y de 15.000 euros para las destinadas a la compra de equipamiento y a la integración de las nuevas tecnologías en el aula.

Cada ayuntamiento podrá percibir una ayuda máxima de 35.000 euros con independencia del número de centros para los que presente solicitud.

A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de un millón sesenta y cuatro mil trescientos seis euros (1.064.306 €), que se imputará a la aplicación presupuestaria 12.02.312B.760.0.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2017

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social