BDNS (Identif.): 356654.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Personas beneficiarias
Las personas trabajadoras autónomas que residan y tengan domicilio fiscal en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida a la fecha de la solicitud de la ayuda por un plazo superior a 42 meses y que tengan un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, declarados en el año anterior al de la convocatoria.
Segundo. Objeto
Estas bases tienen por objeto fijar los criterios y requisitos para la concesión de ayudas del Programa del bono de las personas autónomas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 11 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa del bono de las personas autónomas y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento TR341Q).
Cuarto. Importe
Para la concesión de estas ayudas se destinan tres millones de euros (3.000.000 €).
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG, estando disponible la aplicación informática de la sede electrónica desde las 9.00 horas del día siguiente a su publicación en el DOG hasta las 23.59 horas del día de finalización del plazo.
Santiago de Compostela, 11 de julio de 2017
Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria