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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Viernes, 15 de septiembre de 2017 Pág. 42457

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 5 de septiembre de 2017 por la que se modifica la Orden de 28 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos, y se procede a su convocatoria para el año 2017.

El día 11 de abril de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 28 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos y se procede a su convocatoria para el año 2017.

En el artículo 15.1 de dicha orden se establecía que el plazo para que los beneficiarios de las ayudas acrediten y justifiquen los proyectos subvencionados será hasta el 30 de octubre de 2017; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción.

Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el largo proceso de evaluación y resolución, junto a la complejidad de la ejecución de los proyectos, con el fin de hacer viables los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios resultantes, sin que con eso se cause perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación.

Visto lo anterior,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 28 de marzo de 2017

Se modifica el artículo 15.1 de la Orden de 28 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las ayudas destinadas a la colaboración en la financiación de actuaciones en materia de archivos y se proceda a su convocatoria para el año 2017, que queda como sigue:

«Artículo 15 Plazo, justificación y pago de las ayudas

1. El plazo para que los beneficiarios de las ayudas acrediten y justifiquen los proyectos subvencionados será hasta el 30 de noviembre de 2017; en caso de no justificarse la totalidad del presupuesto del proyecto, la subvención será minorada en la misma proporción».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria