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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Martes, 17 de octubre de 2017 Pág. 48454

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 9 de octubre de 2017 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Orden de 2 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN201I).

La Orden de 2 de marzo de 2017, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 51, de 14 de marzo, establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN201I).

En el artículo 1.3, párrafo segundo, del anexo I, bases reguladoras, establece la consideración de actuaciones subvencionables siempre que sean realizadas y efectivamente pagadas desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha límite de justificación establecida en el artículo 16.

El artículo 16.1 del anexo I, bases reguladoras, establece que el pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la respectiva jefatura territorial, en original o copia compulsada, de la documentación justificativa de la realización de la inversión que fuese objeto de la subvención, para lo cual tendrá de plazo hasta el 31 de octubre de 2017.

Teniendo en cuenta el largo proceso de evaluación y con el fin de optimizar los procesos de gestión por parte de los ayuntamientos beneficiarios, y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede modificar el artículo 16.1 del anexo I de la orden, ampliando el plazo hasta una fecha que permita la mejor justificación por parte de los beneficiarios.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Consellería de Economía, Empleo e Industria en materia de comercio interior, y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación del artículo 16.1 del anexo I de la Orden de 2 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a los ayuntamientos gallegos para la creación de espacios activos de emprendimiento comercial en el medio rural, y se procede a su convocatoria para el año 2017 (código de procedimiento IN201I)

El primer párrafo del artículo 16.1 del anexo I de la referida orden queda redactado en los siguientes términos:

«1. El pago de la subvención quedará condicionado a la presentación, en la respectiva jefatura territorial, en original o copia compulsada, de la documentación justificativa de la realización de la inversión que fuese objeto de subvención, para lo cual tendrá de plazo hasta el 20 de noviembre de 2017».

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2017

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria