En aplicación de lo dispuesto en la disposición trigésim cuarta del epígrafe VIII de la Orden de 15 de octubre de 1994 (DOG del 26) y Resolución de 20 de abril de 1995 (DOG del 5 de mayo), esta dirección general,
RESUELVE:
Primero.-Hacer pública la adjudicación definitiva de los destinos obtenidos en el concurso de traslados convocado por la orden que se cita, según consta en el anexo I de la presente resolución.
Se publican igualmente los siguientes anexos:
Anexo II. Incremento de vacantes que serán cubiertas en la presente resolución.
Anexo III. Eliminación de vacantes por las causas que se indican.
Anexo IV. Desestimientos previstos en la disposición trigésimo quinta do epígrafe VIII de la Orden del 15 de octubre de 1994.
Anexo V. Reclamaciones estimadas.
Anexo VI. Reclamaciones desestimadas.
Segundo.-Los que obtengan destino en virtud de esta resolución en colegios públicos rurales agrupados, con el objeto de obtener destino en localidad concreta, participarán, en la fecha que la delegación provincial correspondiente determine, en el proceso que se establecerá para obtener destino en localidad concreta en pie de igualdad con los profesores destinados en dichos centros, siempre que no obtuvieran destino en cualquier otro proceso de movilidad interna.
Tercero.-En el caso de que hasta el 31 de agosto de este año resulten suprimidos puestos de trabajo adjudicados por la presente resolución, se prevean resultas inexistentes, o estén afectadas por la interposición de recursos derivados de esta resolución, los destinos obtenidos se declaran anulados. Los maestros afectados continuarán al frente de los puestos de trabajo que venían desempeñando si no fueron cubiertos por resultas; de ser cubiertos quedarán en situación de provisionales. Si participaron con carácter voluntario adquirirán derecho preferente a la zona en que se les anula el puesto de trabajo o en la que tenían acreditado el destino definitivo, a su elección.
Cuarto.-Para cualquier aspecto no recogido en la presente resolución, habrá que atenerse a lo previsto en la Orden de 15 de octubre de 1994 y, en todo caso, a lo establecido en los reales decretos 895/1989, 1664/1991 y 1774/1994.
Contra esta resolución cabe recurso ordinario, ante esta dirección general, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 15 de junio de 1995
Jaime García y García
Director general de Personal
ANEXO II
INCREMENTO DE VACANTES
Provincia: A Coruña
Ayuntamiento: Santiago de Compostela
Localidad: Santiago de Compostela
Centro: C.P. Ramón Cabanillas
Código: 15015998
1 de ciencias sociales
Provincia: Lugo
Ayuntamiento: Monterroso
Localidad: Monterroso
Centro: C.P. número 2
Código: 27016125
1 de ciclo inicial y medio
Provincia: Pontevedra
Ayuntamiento: Ribadumia
Localidad: Ribadumia
Centro: C.P. Xulio Becerra Malvar
Código: 36007813
1 de educación musical
ANEXO III
ANULACIÓN DE VACANTES
Provincia: A Coruña
Ayuntamiento: Boiro
Localidad: Abanqueiro
Centro: C.P. Abanqueiro
Código: 15001367
1 de filología inglesa
Provincia: Pontevedra
Ayuntamiento: Meaño
Localidad: Coirón Dena
Centro: C.P. Coirón-Dena
Código: 36004691
1 de educación especial: pedagogía terapéutica
Provincia: Pontevedra
Ayuntamiento: Mos
Localidad: Castro
Centro: C.P. Mestre Rodríguez Alonso
Código: 36005245
1 de matemáticas y ciencias de la naturaleza
ANEXO IV
DESESTIMIENTOS
En aplicación de lo dispuesto en la disposición trigésimoquinta del epígrafe VIII de la Orden de 15 de octubre de 1994, se aceptan las renuncias de los participantes que se relacionan.
Albarellos Codesido, Mª José
Alberte Alberte, Pilar
Almón Castro, Rosario
Alonso Aguirre, Josefina
Alonso Arribas, Manuela
Alonso Vázquez, Jaime
Álvarez Álvarez, Pura
Álvarez Calleja, Marta
Álvarez García, Mª del Pilar
Álvarez Montáns, Mercedes
Álvarez Vilar, Mª Teresa
Amor López, Mª Carmen
Amorín Gómez, Manuel
Ares Uria, Robustiano
Arias Arias, Rosina
Arrojo Real, Leonor
Ávila García, Matilde
Ayala Garrido, Joaquín Julián
Babarro Forneiro, Eduardo
Barreira Rodríguez, José Manuel
Barros García, Mª Clara
Bello Yebra, Mª Matilde
Berjano Cid, Yolanda
Birichinaga Cruz, Mª Elena
Blanco Fernández, Dolores
Blanco Vázquez, Luísa
Borrajo Martínez, Mª Aida
Bouzó Fernández, Ángeles
Bugallo Otero, Araceli
Busto Galego, Manuel
Caamaño Pais, Miguel
Cabarcos Sanjurjo, Mª Josefa
Campello Carballeira, Carmen
Campo Sánchez, Yolanda del
Cancela Cordeiro, José Luís
Caramés Campos, José
Carballal Fernández, Luz Divina
Carballedo Ferreiro, Balbina
Carballo Martínez, Ana Mª
Castro Bouzas, Ana Mª
Castro Losada, José Manuel
Castro Núñez, Ana María
Copa Novo, Mª del Mar
Cortés Arias, Josefa
Cortizas Bouza, Mª del Carmen
Couceiro Beade, Rosa Mª
Cougil Vázquez, Manuel
Covaleda de Pedro, Isabel
Crespo González, Rosario
Delgado Hernández, Mª Josefa
Díaz Acevedo, José Manuel
Díaz Correa, Mª del Carmen
Díaz Núñez, Juan
Díaz Pérez, Gonzalo José
Díaz Rodríguez, Emilio José
Diéguez Romero, Antonio Héctor
Domínguez García, José Manuel
Domínguez Pérez, Luísa
Durán Pérez, Rosario
Escariz Ferrín, Montserrat
Escariz García, Mª Concepción Paz
Félix Estévez, Mª Carmen
Fernández Basalo, Mª Cruz
Fernández Batán, Mª Amparo
Fernández Casal, Mª Elena
Fernández Castro, Mª del Carmen
Fernández Escudero, Jesús Manuel
Fernández Fernández, Pío
Fernández García, Mercedes Pilar
Fernández Gil, Mª Cristina
Fernández González, Javier
Fernández González, Mª Esther
Fernández Guiance, Mª del Puerto
Fernández Sánchez, Rosa Mª
Fernández Sieira, Josefina
Fernández Soto, Ana María
Freire Calviño, Avelino
Freire Fernández, Mª Dolores
Freiría Rodríguez, Mª Asunción
Gago Patiño, Edelmira
Gallego Gallego, Mª Manuela
Gallego Villasenín, Covadonga
García Alonso, Mª Teresa
García Barreiro, Mª Emilia
García Fernández, Emilio Antonio
García Fuentes, Juan
García García, José Manuel
García Garrido, Manuel
García Naya, José María
García Peña, José Luís
García Ramón, Gervasio
García Vázquez, Mª Isabel
Gil Mosquera, Jesús Antonio
Gómez Abad, Manuel Ángel
Gómez Baiget, Carmen
Gómez Suárez, Mª Víctoria
Gómez Vidal, Manuel Francisco
González Ordóñez, Mª Teresa
González Pérez, Mª Cruz
González Pérez, Mª Jesús
González Rodríguez, Mª Fernanda
González Vidal, Mª Luísa
Grandío Valín, Alberto
Gulín Rivera, Julio
Herranz González-Botas, Ana
Herranz González-Botas, Milagros
Herva Allegue, Antonio Fernando
Iravedra Bermúdez, Jesús
Lage Quintas, Mª Jesús A.
Lago Gil, Mª Mercedes
Lago Leonardo, Xosé Lois
Landín Rodríguez, Mª Olga
Lerma Rey, Inés Mª Cristina
Lerma Rey, Mª Teresa
Longo González, Natalia
López Anca, Ángel
López Fole, Jesús Mª
López Montes, Mª Teresa
López Polo, Carlos
López Prego, Mª José
López Sánchez, Miguel Ángel
López Vila, Mª Jesús
Losada Lage, Luísa Irene
Maneiro Castañeda, Manuel
Maquieira Argibay, Guadalupe
Mariñas Ramos, Benedicto
Mariño Costales, Marta
Mariño Varela, Mª Margarita
Márquez Raña, Araceli
Martínez Fontán, Eduardo
Martínez López, Mª José
Martínez Rodríguez, Concepción
Mateos Macías, Mª Jesús
Meirama Amor, María
Milia Pisos, Mª Josefa
Mondelo Rodríguez, Mª Isabel
Morgade Martínez, Xosé Carlos
Mouriz del Río-Miranda, Vicente
Muñoz Ayala, Alberto
Náñez González, Mª Cristina
Naveira Souto, Álvaro
Nogueira Fernández, José Luís
Novo Villaverde, Gonzalo
Núñez Gutiérrez, María
Núñez Lamas, Jesús
Ortigueira Hermida, Mª del Mar
Otero Cerviño, Amparo del Pilar
Otero Fernández, Mª José
Outeiriño Calle, Ana Isabel
Patiño Santiago, Josefa
Pazos Arias, Cristina Mª
Peaguda Pérez, Mª José
Pérez López, Dolores
Pérez Pereira, José Amador
Pérez Pousa, Purificación
Pérez Rey, Ramón
Pérez Sánchez, Mª Carmen
Pérez Vázquez, Marina
Piay Brito, Laura
Pintor Vázquez, María Pilar
Pita Conde, María José
Pita González, María Luísa
Pita Villamar, María Estrella
Piteira Casero, Visitación
Pombo Páez, Mercedes
Ponte Estévez, María Elena
Pose Facal, María
Prieto Pérez, Isabel Beatriz
Puente Mendi, José Ramón
Quintela Gómez, Ana María
Quiroga Moreira, Rosa Mª
Regueira Paz, Constantino
Rey Figueira, José Ramón
Rey Saavedra, Armando
Rial Rial, Ana María
Robles García, Mª Encarnación
Rodríguez Alonso, Rosa
Rodríguez Bravo, Julia
Rodríguez Fernández, Mª Teresa
Rodríguez García, Rosamaría
Rodríguez González, Julia
Rodríguez González, Mª del Mar
Rodríguez Lamela, Jesús María
Rodríguez López, Mª Estrella
Rodríguez Nogueira, Clara
Rodríguez Pérez, Javier
Romero Nóvoa, Aurora
Rozas Gaudeoso, Sara
Rubio Alvariño, Mª Visitación
Ruido Vázquez, Rosa
Saavedra Sánchez, Margarita
Sánchez Costa, Darío
Sánchez González, Mª Josefa
Sánchez Isabeta, Juan Manuel
Sánchez López, Cecilia
Sebio Peña, Francisco
Seoane Yáñez, Mª del Pilar
Servia Pérez, María Elena
Tielas Cendón, Montserrat
Tobío Iglesias, Mª Dolores
Torres Rodríguez, Gerardo
Toubes Vilariño, Pilar
Trinquete González, José Antonio
Valiño Lombardero, Encarnación
Varela Nieto, Mª de la Concepción
Varela Rodríguez, Mª del Carmen
Vázquez Díaz, María José
Vázquez Espasandín, José
Vázquez Figueiras, Mª Jesús
Vázquez Valcárcel, Mercedes
Vázquez Vázquez, Mª Lidia
Vázquez Villanueva, Manuel
Veloso Penín, Justo
Vences Vila, Josefina
Vidal Pérez, Laura
Vigo Lancho, Josefa
Vilas Iglesias, Ana María
Villar Arias, Mª Carmen
Viña Arias, José Antonio
Vizoso Benavente, Ana Isabel
Yáñez Teijido, Natividad
ANEXO V
RECLAMACIONES ESTIMADAS
-Álvarez Sanmartín, Yolanda
Se estima en cuanto a vacante del C.P. Monteporreiro, que será adjudicada a quien en derecho corresponda. La otra resulta reclamada no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Barcia Magadán, María Inés
En aplicación de las normas de convocatoria se le asigna la puntuación reclamada.
-Brey Taboada, Mar
La vacante de incremento reclamada se le adjudicará si en derecho le corresponde.
-Calvo Pallás, Mercedes
En virtud de las normas de convocatoria, se rectifica la puntuación.
-Carreira López, Manuel
En virtud de lo dispuesto en la orden de convocatoria se le asigna la puntuación reclamada.
-Castro Vázquez, Mª del Carmen
Se estima en cuanto a las vacantes del anexo de la resolución provisional, que serán adjudicadas a quien en derecho corresponda. Se desestima en lo
referente a las resultas que reclama por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Cea Vázquez, María Jesús
Se corrige el error cometido por usted por ser el campo cubierto incompatible con la modalidad de participación, adjudicándole, si procede, destinos de los solicitados.
-Centelles García, Bruno
Se estima en cuanto a la no adjudicación de destino a la maestra contra de la que reclama a quien le será adjudicado el destino que en derecho le corresponda. El anuncio de vacantes de incremento no altera el desarrollo del concurso ya que las peticiones se efectúan a centro o localidad haya o no vacante. Las resultas reclamadas no existe como tales por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Cillero García, Mª Luísa
Se le adjudicará el destino reclamado si en derecho le corresponde.
-Combo Villamor, Mª Isabel Nuria
Las vacantes que reclama serán adjudicadas a quien en derecho corresponda.
-De la Iglesia Soriano, Cristina
Se estima en lo referente a la letra de su primer apellido, igualmente se modifica la puntuación del maestro contra del que reclama. Por lo que respecta a las vacantes reclamadas serán adjudicadas a quien en derecho corresponda tal y como establece la orden de convocatoria.
-Devesa González, Isabel
Se le adjudicará el destino reclamado si en derecho le corresponde.
-Díaz Sindín, María Esperanza
La vacante reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Eiroa Rial, Ana María
En aplicación de lo dispuesto en las normas de convocatoria, se le asigna la puntuación que reclama.
-Estévez Estévez, Mª Nieves
La resulta que reclama será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Fernández Moure, José Antonio
Se le adjudica la puntuación reclamada en virtud de las normas de convocatoria.
-Fonteboa López, María Alicia
A la vista de la documentación aportada, teniendo en cuenta error no imputable a usted, se le asigna la puntuación que reclama.
-Gago Farfante, Pilar
La vacante que reclama será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-García García, María Pilar
Conforme a las normas de convocatoria se le adju- dica la puntuación reclamada.
-Gómez Penas, José
La vacante reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-González Piñeiro, Mª Carmen
Se estima en cuanto a las vacantes que reclama que serán adjudicadas a quien en derecho corres- ponda. Se desestima en cuanto a la puntuación dado que a la vista de la documentación aportada ésta es correcta.
-González Prieto, Mª Carmen Fátima
Se le adjudica la puntuación reclamada conforme a las normas de convocatoria.
-González Probados, Mª Dolores
La vacante reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-González Rodríguez, Mª Teresa
En virtud de lo dispuesto en la orden de convocatoria se le asigna la puntuación reclamada.
-Groba Ucha, Nieves
Rectificada la puntuación, se le adjudicará el des- tino que en derecho le corresponda.
-Iglesias Calviño, Xosé Antonio
Se rectifica la puntuación de la maestra contra de la que reclama.
-Iglesias González, Mª Concepción
La resulta que reclama será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-López Cillero, Nelly
La vacante reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-López Díaz, José Atilano
A los efectos previstos en la Orden de 4 de enero de 1995 (DOG del 20), se le reconoce derecho pre- ferente a la zona educativa Muros-código 150861, causando baja en el presente concurso.
-López Fernández, Mª Dolores
Se le adjudicarán las vacantes que reclama, u otra que pudiera corresponderle, si en derecho le corres- ponde.
-López Pérez, Milagros
La vacante reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Martínez Gil, Margarita
La vacante reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Nieto Morales, Mª del Mar
Conforme a las normas de convocatoria se le asigna la puntuación reclamada.
-Pacho García, Emilio
Se le adjudicará destino, si en dereito le corres- ponde.
-Pardo López, Mª del Carmen
Se estima en cuanto a vacante de nuevo anuncio, que será adjudicada a quien en derecho corresponda. Se desestima en cuanto a las resultas no cubiertas en el C.E.E. Carmen Polo, por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Pérez Freire, Mª Carmen
Se le adjudicará destino, si en derecho le corres- ponde.
-Pérez Pérez, Sara
Conforme a las normas de convocatoria se le adju- dica la puntuación que reclama.
-Pérez Pillado, Mª Josefa
Conforme a las normas de convocatoria, se le asigna la puntuación reclamada.
-Piñeiro Dopico, Antonio
Se le asigna la puntuación reclamada en virtud de lo dispuesto en las normas de convocatoria.
-Puentes Teijeiro, Mª del Pilar
Conforme a las normas de convocatoria se le adju- dica la puntuación que reclama.
-Ramil Ferreiro, María José
La vacante que reclama será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Rascado Iglesias, Luís Alberto
Se estima en lo referente a la vacante del C.P. de Monteporreiro que será adjudicada a quien en derecho corresponda. La resulta no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Rodríguez Carbajales, Pilar
La vacante de nuevo anuncio que reclama, será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Rodríguez Castedo, Gladis
Conforme a las normas de convocatoria se le adju- dica la puntuación que reclama.
-Rodríguez Gay, Lina
De conformidade con las normas de convocatoria se le asigna la puntuación reclamada.
-Rodríguez Maquieira, Marina
Se rectifica la puntuación por corresponderle 0 pun- tos por el apartado 6.1.2.
-Sánchez Bouzán, José Luís
Se subsana el error adjudicándole destino, si en derecho le corresponde.
-Sarasquete Otero, Teresa Elvira
Las vacantes reclamadas serán adjudicadas a quien en derecho corresponda.
-Sendón Lestón, Mª Pilar
La resulta reclamada será adjudicada a quien en derecho corresponda.
-Sierra Bernardino, Susana
Se le asigna la puntuación reclamada.
-Turnes Negreira, Isabel
A los efectos previstos en la Orden de 4 de enero de 1995 (DOG del 20) y la resolución que la desarro- lla, se le reconoce derecho preferente a la zona edu- cativa Santiago-Roxos, código 151403, causando baja en el presente concurso.
-Valcárcel López, Isabel
Se rectifica la puntación por no proceder la asignada en el apartado E.2.
-Valle Rey, Mª del Carmen Auxiliadora
Se rectifica la modalidad de participación ya que procede de destino provisional.
-Vázquez Barreiro, María Cristina
Se modifica su puntuación en lo referente a la opción del apartado c/.Los dos años de temporalidad en edu- cación especial no son puntuables a los efectos de permanencia ininterrumpida.
ANEXO VI
RECLAMACIONES DESESTIMADAS
-Álvarez Pérez, Rosa
El destino que viene desempeñando es con carácter provisinal consecuencia de la elección que a tal efecto se desarrolla en el mes de septiembre. Tal destino tiene vigencia por un año y no es adquirido por con- curso específico, por lo que no puede considerarse su petición.
-Álvarez Vila, Xosé Luís
La vacante que reclama es adjudicada a concursante con mayor puntuación.
-Anta Anta, Josefa
No está legitimada para la participación por derecho preferente al no estar incluida en ninguno de los supuestos del artículo 18 del Real decreto 895/89.
-Antelo Cambeiro, Florinda
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Arias Mosteiro, Serafina
No está legitimada para el ejercicio de la opción que reclama ya que con posterioridad al primer destino
definitivo obtuvo otro con carácter voluntario, no sien- do, a estos efectos, significativa la supresión.
-Barreira López, Mercedes
La resulta que reclama no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Bartolomé Herranz, María Vicenta
Las 276 peticiones que formula son incorrectas ya que puso códigos de zona cuando únicamente son válidos, tal y como consta en la instancia, los códigos de localidad o centro.
-Beiro Oreiro, Mª Micaela
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso escolar 1995/96.
-Blanco González, Mª del Carmen
No está legitimada para la participación por derecho preferente al no estar incluida en ninguno de los supuestos del artículo 18 del Real decreto 895/89.
-Campos Santas, Casilda
La puntuación que se le acredita es conforme a las normas de convocatoria. La publicación no puede ser valorada por no constar el I.S.B.N.
-Carreira Díaz, Ana
Ninguna de las dos obtienen destino por lo que no procede considerar su petición, de obtenerlo, iría por delante de la concursante contra la que reclama.
-Carreira Piñeiro, Josefa
La concursante contra la que reclama participa por el apartado 3, preferente a los de su participación. A la puntuación que se le asigna es conforme a las normas de convocatoria.
-Casas Rúa, Josefa Augusta
No está legitimada para la participación por derecho preferente al no estar incluida en ninguno de los supuestos del artículo 18 del Real decreto 895/89.
-Chao Lolo, Mª Celia
La puntuación de la concursante contra la que recla- ma es ajustada a las normas de convocatoria ya que acredita segunda diplomatura.
-Cid Pérez, Manuel
La vacante reclamada es adjudicada por el apartado 3, preferente al de su participación (6).
-Copa García, Mª del Pilar
Los dos años de temporalidad en educación especial no son puntuables a efectos de antigüedad en el centro.
-Crespo Besada, María Cruz
La vacante reclamada no está contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96. En la reso- lución provisional son adjudicadas todas las vacantes de PT, por lo que la adjudicación de destino en MU es ajustada a las normas de convocatoria.
-Darriba Calaza, Hortensia
No se puede admitir la renuncia bajo las condiciones de que hace uso, máxime si tenemos en cuenta que el derecho preferente tiene prioridad sobre el concurso general. Por otra parte, los recursos interpuestos son extemporáneos.
-Díaz López, Alfredo
Los apartados son preferentes entre sí, no pudiendo efectuar renuncia parcial a la participación, tal y como dispone la orden de convocatoria.
-Díaz Reguera, Mercedes
Las vacantes que reclama no están contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Díaz Romanos, María Luísa
Las vacantes y resultas que reclama, por una parte, no pueden ser adjudicadas por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96. Por otra parte, la resulta de IM del colegio Xosé Luís Taboada de A Barrela, es adjudicada a concursante con mayor puntuación, la del C.P. Virxe da Saleta es adjudicada a concursante por el apartado 3.
-Díaz Sánchez, María Jesús
La vacante que reclama no figura entre sus peti- ciones.
-Diéguez Nogueira, Mª Dolores
En un mismo curso solamente se puntúa una coordinación.
-Espiñeira Ruzo, María José
La resulta que reclama no puede ser adjudicada por no estar prevista en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Fandiño Blanco, María José
Al no obtener destino la maestra contra la que recla- ma no se tienen en cuenta los criterios que señala. De obtener destino, figuraría usted en lugar preferente.
-Fernández Álvarez, María Nélida
La vacante que reclama no existe como tal ya que el profesor que cita no está amparado por la Orden de 4 de enero de 1995.
-Fernández Camiñas, María Natividad
La resulta que reclama no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Fernández Fernández, Mª José
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Fernández García, María Sol
No procede la adjudicación de este puesto en el presente concurso por planificación escolar.
-Fernández González, José Antonio
Tal y como dispone el último párrafo del punto 5, de la disposición decimonovena del epígrafe V de la orden de convocatoria, las titulaciones de segundo ciclo serán valoradas siempre y cuando se adjunte fotocopia cotejada del título de maestro, requisito éste no cumplimentado por usted. Fernández Martínez, Amalia
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Freijeiro Rodríguez, Pilar María
Teniendo en cuenta la priorización de vacantes efec- tuada por usted, la adjudicación de destino es con- forme a las normas de convocatoria.
-Fuentes Vaamonde, Gloria Inés
La puntuación de la concursante contra la que recla- ma es ajustada a las normas de convocatoria ya que acredita servicios ininterrumpidos en el centro desde 1-IX-86.
-García Álvarez, Lourdes
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-García Cachafeiro, Mª Isabel
El número de lista no se contempla como criterio de desempate en este concurso. En caso de desempate, tal y como establece la orden de convocatoria, se estará a la primera letra del primer apellido (véase Resolución de 30-XI-94 -DOG del 5-I-95).
-García Castro, Dolores
Las vacantes anunciadas en los centros a que hace referencia son adjudicadas conforme a las normas de convocatoria. De acuerdo con la planificación escolar del curso 1995/96 no existen otras vacantes o resultas.
-García Fernández, Mª Soledad
La resulta que se le adjudica será baja en el presente concurso por no estar contemplada en la planificación escolar, adjudicándole otro destino, si en derecho le corresponde.
-García González, María Amelia
Las vacantes que reclama no están contempladas en la planificación escolar.
-García González, Mª Dolores
No está legitimada para la participación por derecho preferente al no estar incluida en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 18 del Real decreto 895/89.
-García Novo, María Pilar
Las resultas reclamadas no existen como tal por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-González García, Francisco Manuel
La vacante que reclama no puede ser adjudicada por no estar contemplada na planificación escolar do curso 1995/96.
-González López, Manuela
Las vacantes y resultas reclamadas no existen como tal por no estar contempladas en la planificación esco- lar del curso 1995/96.
-González Marquina, Mª Dolores
No se produce la resulta que reclama.
-González Pérez, Ana Isabel
Los criterios de adjudicación, tal y como establece la orden de convocatoria se basan en las puntuaciones acreditadas por los concursantes. En caso de empate se estará a la puntuación de los distintos apartados. De persistir se tendrá en cuenta la primera letra del primero apellido, empezando por la «O» (véase Reso- lución de 30 de noviembre de 1994-DOG del 5 de enero de 1995).
-González Río, Roberto
Se desestima en lo referente a resulta reclamada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96. La puntuación por el apartado b) no se le puede acreditar por no haberla desem- peñado.
-González Roca, Teresa
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-González Vidarte, María del Carmen
La resulta reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Guillamet Fernández, Mª Sofía
Las resultas que reclama no pueden ser adjudicadas por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Liñares Pérez, Ana Mª
Conforme a las normas de convocatoria la puntua- ción que se le asigna es correcta.
-López Caballero, Mª Teresa
La vacante que reclama no está contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-López Calvo, Josefa
Las resultas reclamadas no existen ya que no están contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96. La resulta de IM producida no C.P. «Cou- ceiro Freijomil» de Pontedeume es adjudicada a con- cursante por el apartado 2 (primera convocatoria).
-López Ferreiro, Mª Elena
A la vista de la documentación aportada, la pun- tuación asignada es correcta.
-Lorenzo Baleirón, Manuel
Los méritos a que alude se valoran de acuerdo con lo establecido en las normas de convocatoria.
-Marcos Pereira, Mª Luísa
Por lo que respecta a la resulta del ámbito com- petencial de esta Comunidad Autónoma, no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96. Con respecto al resto de resultas que reclama, se remite su escrito a la Dirección Gene- ral de Personal y Servicios del MEC.
-Martínez Blanco, Celia María
En este concurso a efectos de desempate no se tiene en cuenta el número de lista. (Véase orden de con- vocatoria y Resolución de 30-XI-94-DOG 5-I-95).
-Martínez López, Emilia
La vacante reclamada no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Martínez Quintián, Mª Gloria
La vacante que reclama es adjudicada a concursante con mayor puntuación. El hecho de que no apareciera en la exposición de listas de participantes obedece al hecho de estar destinada en centro no correspon- diente al ámbito de gestión de esta consellería.
-Mato Gómez, Mª Dolores
En el apartado E) se le adjudica la puntuación máxi- ma prevista en las normas de la convocatoria.
-Moure Vázquez, Pilar
La resulta producida en el centro que señala es adjudicada a concursante por el apartado 3. No se cubren en este concurso las vacantes producidas por jubilación voluntaria dado que, estando en trámite, son susceptibles de renuncia por parte del intere- sado/a.
-Nieto Otero, Mª Asunción
Únicamente se valoran como mérito los alegados conforme a las normas de convocatoria.
-Orbán Cerredelo, Mª Elena
El destino que viene desempeñando es con carácter provisional consecuencia de la elección que a tal efecto se desarrolla en el mes de septiembre. Tal destino tiene vigencia por un año y no es adquirido por con- curso específico, por lo que no puede considerarse su petición.
-Otero Abellás, Alfonso
La resulta de MC en la Barrela no se puede adjudicar por cuanto no está contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96. La resulta de IM en el mismo colegio es producida por maestro que destinado en ese centro obtiene destino en el C.P. de Baíñas (A Coruña).
-Paredes Villamarín, Mª Pilar
La vacante reclamada es adjudicada a concursante por el apartado 5 (derecho preferente reconocido en virtud de Resolución de 27 de septiembre de 1994).
-Pato Baceiredo, Irene.
La resulta reclamada no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Penabad Acevedo, Rosa
Las resultas reclamadas no son adjudicadas por no existir como tales o no estar contempladas en la pla- nificación escolar del curso 1995/96.
-Pérez García, Mª Teresa
Según dispone la disposición vigésimoprimera del epígrafe VI de la orden de convocatoria, todos los requisitos se deberán haber reconocido al término del plazo de presentación de solicitudes, supuesto éste que no se da en el motivo de su reclamación.
-Pimentel Tubío, Félix
Las vacantes reclamadas no existen como tal por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Piñeiro Vidal, Guillermo
Por la resolución que impugna se le adjudica el destino que en derecho le corresponde.
-Rábade Castro, Ana María
La opción que reclama solamente la pueden efectuar los concursos de primer destino obtenido con carácter forzoso.
-Ramos Sánchez, María José
En las peticiones omitió las especialidades, por lo que no procede la adjudicación de destino.
-Reija Martul, María José
La vacante que reclama no existe como tal.
-Río Sánchez, Manuel
Se desestima en lo referente a la vacante por no existir como tal, ya que el maestro que cita no está contemplado en la Orden de 4 de enero de 1995. Se desestima en cuanto a puntuación por ser correcta la adjudicada por la delegación provincial.
-Rodríguez López, María Amalia
La vacante que reclama es adjudicada a concursante que acredita mayor puntuación.
-Rodríguez Losada, Raquel Carlota
La resulta reclamada no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Román García, Isabel Eugenia
La resulta del colegio de Baíñas es adjudicada a concursante con mayor puntuación, las restantes no están contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Rúa García, Mª Jesús
No está legitimada para la participación por derecho preferente al no estar incluida en ninguno de los supuestos del artículo 18 del Real decreto 895/89.
-Sánchez Camino, Carmen
La maestra contra la que recurre únicamente está legitimada para ejercer derecho preferente a puesto de trabajo de educación preescolar ya que éste viene dado por lo dispuesto en la disposición transitoria 5ª del Real decreto 895/89.
-Sánchez Castro, Mª Carmen
La resulta reclamada no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Sánchez Juanes, Juan Carlos
La resulta que reclama no se puede adjudicar por no estar prevista en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Sande Rey, Manuel
No aporta documentación que pueda invalidar la puntuación asignada.
-Sanz Martín, Vicente
La primera vacante no existe como tal por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96. La segunda no existe ya que el profesor que cita no está amparado por la Orden de 4 de enero de 1995.
-Suárez Briones, Mª Rosa
La resulta reclamada no puede ser adjudicada por no estar contemplada en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Valcárcel Juárez, Carmen
Las resultas que reclama no pueden ser adjudicadas por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
-Varela Abelairas, Mª del Carmen
La adjudicación de destino a la maestra contra la que reclama es ajustada a las normas de convocatoria. El hecho de que esa maestra no hubiera obtenido destino en otros concursos obedece a que, participando por la disposición transitoria quinta del Real decreto 895/89, únicamente tiene reconocido derecho prefe- rente a puestos de trabajo de educación preescolar.
-Veira Taibo, Genaro Teresa
La puntuación que se le asigna es conforme a las normas de convocatoria, modificando los subapartados de la misma.
-Vidal Carrera, Mª Ludivina
La puntuación asignada es correcta ya que solamente se puntúa una coordinación por curso. Las resultas reclamadas no pueden ser adjudicadas por no estar contempladas en la planificación escolar del curso 1995/96.
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