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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 143 Jueves, 27 de julio de 1995 Pág. 5.945

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 20 de junio de 1995 sobre revocación del título-licencia de agencia de viajes a Viajes Costa Gallega, S.A., con el número 1018 (1983) de orden y casa central en la calle Ramón y Cajal, 53-Centro Comercial Cuatro Caminos, A Coruña.

Visto el expediente de revocación del título-licencia de la agencia de viajes Viajes Costa Gallega, S.A., sita en la calle Ramón y Cajal, 53-Centro Comercial Cuatro Caminos de A Coruña, de la que es representante legal José I. Fernández Molina.

Resultando que al amparo de lo establecido en la disposición transitoria 1ª del Decreto 155/1989, de 22 de junio, por la que se aprueba el Reglamento de las agencias de viajes de Galicia, se le notificó a la citada agencia mediante Cédula de 3 de abril de 1995 (DOG nº 85, del 4 de mayo) la obligatoriedad de presentar ante la Secretaría General para el Turismo en el plazo de un mes, la documentación acreditativa de tener realizada su adecuación a cada uno de los aspectos contemplados en el referido decreto.

Resultando que la agencia Viajes Costa Gallega, S.A. no presentó la documentación requerida, por lo que continúa sin adaptarse a los requisitos y prescripciones contenidos en el mencionado reglamento.

Considerando que al haber transcurrido sobradamente el plazo señalado por la normativa vigente, sin que la citada agencia presentase la documentación necesaria para adaptarse al Reglamento de las agencias de viajes de Galicia, es necesario revocar de oficio su título-licencia, de conformidad con lo establecido en el número 2 de la disposición transitoria primera del Decreto 155/1989, de 22 de junio, por el que se aprueba el referido reglamento.

Vistos la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el Decreto 155/1989, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de las agencias de viajes de Galicia, esta consellería,

RESUELVE:

Revocar el título-licencia de agencia de viajes a Viajes Costa Gallega, S.A., con nº 1018 (1983) de orden y casa central en A Coruña, calle Ramón y Cajal, 53-Centro Comercial Cuatro Caminos, de A Coruña.

Contra esta resolución, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 1995.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

95-05118