En virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada por el juicio de menor cuantía 344/1994 (acumulados al 346 y 461/1994), que se sigue en este juzgado a instancia de Jesús Lou Prieto, representado por el procurador Calviño Gómez, contra Avelino Caamaño Canosa, Amalia Calvelo Rosende, Vicente Manuel Sánchez Garabato, Santiago Roche Fernández, María Dolores Álvarez Díaz, Jesús Rivas Oliver y Santiago Piñeiro Rodríguez, por medio de la presente cédula se emplaza a los antes mencionados, actualmente en paradero desconocido, a fin de que en al plazo de diez días, comparezcan en autos en legal forma a medio de procurador de los tribunales, personándose, y haciedoles saber que si comparecen se les concederá otro plazo de diez días para contestar a la demanda, entregándoles las copias de la misma y documentos presentados, y con la prevención que, de no hacerlo, serán declarados en rebeldía y se dará por constestada la demanda, notificándoles dicha resolución y las demás que
se dicten en los estrados del juzgado.
Santiago de Compostela, treinta y uno de julio de mil novecientos noventa y cinco.
El secretario
Rubricado
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