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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Viernes, 22 de diciembre de 1995 Pág. 9.626

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO.

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 28-9-1995, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Prestar aprobación definitiva a la modificación del plan parcial del parque empresarial del Campiño, promovida y formulada por Xestur Pontevedra, S.A., con el fin de adecuar el parcelario a la realidad física de la urbanización del parque, mantener los porcentajes de ocupación y determinar una parcela con destino a equipamiento público municipal, estimándose la alegación formulada por Reyes Hermanos, S.A. durante el período de información pública del procedimiento y aceptándose el dictamen de la Comisión Informativa Municipal de Urbanismo de 30-5-1995 referente a la compatibilidad del uso industrial, en determinados supuestos, con el uso comercial. La redacción de ambas enmiendas será la siguiente:

Artículo 67 de las ordenanzas del plan parcial:

1) Retranqueos de las edificaciones.

Al fondo:

En las parcelas tipo A mínimo 3 metros.

En las parcelas tipo B mínimo 3 metros.

Con independencia de lo anterior y como aclaración al concepto edificaciones en esquina, tendrán la consideración de tales, aquellas que figuren en el plano parcelario, no pudiendo adquirir tal consideración otras parcelas que resulten por adición a las anteriores.

2) Últimos párrafo del citado artículo 67.

Queda redactado de la manera siguiente:

El uso de industria que corresponda a actividades en que predominen los procesos de fabricación o transformación, se autorizará exclusivamente en las parcelas tipo B excepto si, por solicitud expresa, la Comisión Municipal de Urbanismo dictaminase la compatibilidad de uso ante los informes de la Comisión Provincial de Medio Ambiente, informes técnicos municipales y perteneciese a la categoría 1ª o 2ª de las definidas por el PGOU sin tener en cuenta limitación de potencia eléctrica.

Los casos admitidos por el artículo 53 de este plan parcial, en todo caso, se situarán en las parcelas de tipo B.

Segundo.-Comunicar este acto administrativo a Xestur Pontevedra, S.A., Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, y notificar individualmente este acto a las entidades o personas físicas que se repute interesados en el procedimiento en la forma prevista en la ley, disponiéndose la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y las ordenanzas o normas de la modificación del plan parcial en el BOP, con la finalidad de lograr su ejecutividad, según establece la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, por la que se modifica el artículo 70.2º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a esta publicación, previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Pontevedra, 16 de octubre de 1995.

Juan Luis Pedrosa Fernández

Alcalde

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

9508332