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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Miercoles, 27 de diciembre de 1995 Pág. 9.674

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica a la empresa Astilleros y Talleres del Noroeste, S.A. (Astano), y se incluye la citada planta en el régimen especial creado por el Real decreto 2366/1994. (Expediente número 95/534).

Astilleros y Talleres del Noroeste, S.A. (Astano), con domicilio a efectos de notificaciones en el apartado de correos nº 994, 15480 Ferrol (A Coruña), con fecha de 23 de mayo de 1995 solicitó autorización administrativa para la instalación de una planta de cogeneración de energía eléctrica, a los efectos del reconocimiento de su condición de instalación acogida al régimen especial del Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones hidráulicas, de cogeneración y otras abastecidas por recursos o fuentes de energía renovables, y de su inclusión en el grupo d) del Art. 2 de dicho real decreto, acompañando para tales efectos el preceptivo anteproyecto de la instalación, el estudio de los rendimientos energéticos alcanzables y del ahorro de energía que se conseguirá con la puesta en servicio de las instalaciones proyectadas, y el resto de la documentación a que hace referencia el artículo 5.4º del citado real decreto.

Dicha planta de cogeneración, propiedad de la empresa solicitante, se situará en los terrenos de la factoría de construcción naval que se encuentra situada en Perlío-Fene (A Coruña).

Resultando que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente en virtud de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de ordenación del sistema eléctrico nacional, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña dictó resolución de fecha 23 de junio de 1995 por la que se sometió a información pública la autorización administrativa de la instalación de la referida planta de cogeneración, que fue publicada en el DOG de 20-7-95 y en el BOP de A Coruña de 14-8-95, no presentándose en el periodo legalmente establecido para ello alegación alguna.

Resultando que la planta de cogeneración para la que se solicita autorización administrativa tiene las siguientes características técnicas básicas:

-Dos grupos motogeneradores de 4.750 kVA de potencia c/u, que utilizarán como combustible gasóleo nº 1 con objetivo de producción y aprovechamiento simultáneo de calor y electricidad. Un centro de transformación de 10 mVA y r/t 6/15 kV, y un CT de 400 kVA y r/t 15/0,380 kV para los servicios auxiliares de la planta. Aparellaje eléctrico de protección, mando, señalización y medida.

Resultando que la solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delega

ción Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña.

Considerando que la Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, en el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, y en el Decreto 209/1990, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por los decretos 140/1991, del 2 de mayo, y 292/1995, de 3 de noviembre, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, y el Real decreto 2366/1994, de 9 de diciembre.

Considerando que se ha cumplido la tramitación reglamentaria, y que la planta de cogeneración proyectada supera los rendimientos energéticos mínimos que para el combustible en cuestión se establecen en el anexo del citado R.D. 2366/1994.

Esta Dirección General de Industria,

RESUELVE:

1) Autorizar la instalación de una planta de cogeneración a la empresa Astilleros y Talleres del Noroeste, S.A. (Astano), a situar en las instalaciones de la factoría que dicha empresa tiene en Perlío-Fene (A Coruña).

2) Reconocer a la planta de cogeneración autorizada la condición de instalación acogida al régimen especial del R.D. 2366/1994, e incluir la misma en el grupo d) del Art. 2 de dicho real decreto.

Como requisito necesario para la aplicación a dicha instalación del régimen especial, la citada empresa deberá inscribir aquella en el registro de instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial de la Comunidad autónoma de Galicia, creado por la orden de la Consellería de Industria y Comercio de 5 de julio de 1995 (DOG de 14-7-95), para lo que acreditará el cumplimiento de las condiciones previstas en el Art. 11 del R.D. 2366/1994, presentando la documentación que figura en las instrucciones dictadas por esta dirección general en desarrollo de la citada orden.

El promotor presentará ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de A Coruña, en el plazo de un año contado a partir de la fecha de publicación en el DOG de la presente resolución, el proyecto de ejecución de la planta de cogeneración autorizada, la cual contendrá los datos y condiciones técnicas para la realización de las instalaciones de conexión de la central a la red, que serán facilitados por la empresa que distribuya energía eléctrica en la zona, así como el punto de interconexión.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día de su publicación.

Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 1995.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

95-8235