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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Jueves, 28 de diciembre de 1995 Pág. 9.700

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 1995, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación en el Diario Oficial de Galicia del complemento-modificación parcial del convenio colectivo de la empresa Remolcanosa y EDSA AIE

Visto el expediente de complemento-modificación parcial del convenio colectivo de la empresa Remolcanosa y EDSA AIE, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 17-10-1995, suscrito, en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social, por el comité de empresa, en fecha 2-5-1995. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comu

nidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Vigo, 27 de octubre de 1995.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Representación

Por la empresa:

José Silveira Cañizares

Jaime Martínez Landin

Asesor:

Rodolfo Hinrichs

Por la parte social:

Jesús Sánchez Pérez (UGT)

Juan Corujeira Cabaleiro (UGT)

José Mª Vaquero González (CC.OO.)

José C. González Pascual (CC.OO.)

Manuel del Pozo Fernández (UGT)

Asesores:

Ramiro Otero (CC.OO.)

En Vigo, a las 13 horas del día 2 de mayo de 1995 y en la sede social de la empresa Remolcanosa y EDSA AIE, en la c/ Paraguay, 5-1º de Vigo, se reúnen Remolcanosa y EDSA AIE y el comité de empresa.

Alcanzándose los siguientes acuerdos:

Por la empresa ante la petición del comité de que se reconozca la antigüedad a todos los trabajadores que en la actualidad son fijos de plantilla y con efectos del primer contrato formalizado, así como fijar el importe del trienio y efectos económicos retroactivos de un año, después de múltiples deliberaciones se acuerda:

1º.-Reconocer la antigüedad a todos los efectos, así como para el cómputo de trienios, a todos los trabajadores de la empresa que en la actualidad son fijos de plantilla y con efectos del primer contrato formalizado a cada uno.

2º.-Se acuerda que el valor económico de cada trienio quede fijado para todas las categorás en 3.000

ptas./brutas mensuales, no siendo de aplicación el artículo 46 del convenio colectivo.

3º.-Se reconoce efectos económicos retroactivos de los anteriores acuerdos a 12 meses hacia atrás, es decir 1º de mayo de 1994.

4º.-El presente acuerdo global ambas partes le dan valor de complemento al convenio colectivo vigente en la actualidad interesando así su publicación en el BOE, para lo cual se remitirá a la oficina correspondiente.

En prueba de conformidad firman el presente acuerdo el comité de empresa por mayoría y la representación de la empresa en el lugar y fecha arriba indicados.

95-08331