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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Jueves, 28 de diciembre de 1995 Pág. 9.712

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 1995, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador C-75/1995 y dos más (caza-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la incoación del expediente sancionador, por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza.

Que, asimismo, designo instructor del expediente a Vicente Piorno González y secretaria a Mª Teresa Calvo García.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de

un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que, de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9-8-1993.

Pontevedra, 23 de noviembre de 1995.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPrecepto

infringidoPrecepto

sancionador

Sanción

C-75/1995Guillermo Veiga Couso

Baguin-Mogor-Marín

Entrenar 4 perros en el Monte de Pastoriza junto a la antena de Radio Nacional; dicho monte pertenece a la Sociedad de Caza de Marín.Art. 48.1º 18 de la Ley 1/1970, de caza.Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.5.000 ptas.
C-87/1995José Pregal Pérez

Valdomar-Covelo

Entrenar perros en un coto privado de caza, en época de veda y sin llevar consigo la licencia de caza.Art. 48.2º 1 de la Ley 1/1970, de caza.Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.3.500 ptas.
C-88/1995José Manuel Pregal Durán

Valdomar-Covelo

Entrenar perros en un coto privado de caza, en época de veda y sin llevar consigo la licencia de caza.Art. 48.2º 1 de la Ley 1/1970, de caza.Art. 48 de la Ley 1/1970, de caza.3.500 ptas.

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