En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general, fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Asociación de Farmacéuticos de Boticas Veterinarias de Galicia (Asofarvet) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertencer a dicha asociación todas las personas físicas que sean licenciadas en farmacia, que sean propietarias de botica veterinaria, que deseen incorporarse a la misma.
Firman el acta de constitución: Mercedes Villar Fernández y siete personas más.
Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 1995.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
9508274