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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miercoles, 13 de noviembre de 1996 Pág. 10.213

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 7 de octubre de 1996, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de la apertura de los expedientes sancionadores de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad, devueltos por el servicio de correos al resultar desconocidos sus destinatarios. (Expediente 8 y 11/1996AD).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPA), notificó a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalarán a continuación, las incoaciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones de la Ley de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad, 1/1993, de 13 de abril, DOG del 22/4.

Asimismo, designo instructora de los expedientes a Mª Rosa Rodríguez Cougil, quien podrá ser objeto de recusación en cualquier momento de la tramitación de los expedientes, cuando concurra cualquiera de los supuestos determinados en los artículos 28 y 29 de la LRJPA.

Los denunciados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Progreso nº 161, entresuelo y presentar los descargos y documentos que consideren convenientes en su defensa.

De no presentar alegación en el plazo fijado y conforme al artículo 13 del Reglamento 1398/1993, de 4 de agosto, de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución a todos los efectos.

Este órgano administrativo acordará la terminación del procedimiento en el supuesto de que el interesado reconozca su responsabilidad en los cargos que se le imputan y proceda, en cualquier momento anterior a la resolución del procedimiento y empleando los impresos normalizados que serán facilitados en las oficinas de esta delegación provincial o en cualquier

otra dependiente de la Xunta de Galicia, al pago voluntario de la sanción que en cada caso corresponda. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad que asiste a cada expedientado de formular los recursos que establezca la legislación aplicable y vigente, y al amparo del artículo 8 del citado reglamento.

El órgano competente para resolver los señalados procedimientos, dentro de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes en Ourense, vendrá determinado por el tipo de infracción cometida, según el artículo 12 de la LRJPA y en el Decreto 5/1987, de 14 de enero, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes.

Ourense, 7 de octubre de 1996.

Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº expediente: 8/1996AD

Nombre y apellidos del denunciado: José González Pereira.

Último domicilio conocido: A Mezquita (Ourense).

Hecho denunciado: utilizar animales en una fiesta popular.

Precep. infringido y sancionador: Art. 21.f de la Ley 1/1993, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad.

Sanción propuesta: 50.001

Instructora: Mª Rosa Rguez. Cougil.

Nº expediente: 11/1996AD

Nombre y apellidos del denunciado: Aladino Silva Álvarez.

Último domicilio conocido: Avda. Fabero 41, 3º, Ponferrada (León).

Hecho denunciado: donar animales de compañía como premio.

Precep. infringido y sancionador: Art. 20.c de la Ley 1/1993, de protección de animales domésticos y salvajes en cautividad.

Sanción propuesta: 50.000

Instructora: Mª Rosa Rguez. Cougil.

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