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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Lunes, 02 de diciembre de 1996 Pág. 10.851

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

DECRETO 419/1996, de 21 de noviembre, por el que se aprueba la modificación del escudo heráldico del Ayuntamiento de Marín (Pontevedra).

El Ayuntamiento de Marín (Pontevedra) consideró conveniente modificar su escudo heráldico fundamentando su pretensión en el deseo de incorporar como timbre del mismo la corona real cerrada en sustitución de la mural actualmente en uso. Para ello, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, para la aprobación de la mencionada modificación.

La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de emblemas heráldicos y banderas de los ayuntamientos y de otras entidades locales, le corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, según lo dispuesto en el artículo 27. 2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

El expediente se tramitó conforme a las normas de procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, aprobado por el R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre y en el Decreto 258/1992, de 10 de septiembre, de la Xunta de Galicia, por el que se regula el procedimiento y normas heráldicas para la adopción, modificación o rehabilitación de los escudos y banderas de las corporaciones locales y de otras entidades locales.

En su virtud, visto el informe emitido por la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia, y a propuesta del Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo único.-Aprobar la modificación del escudo heráldico del Ayuntamiento de Marín (Pontevedra), que quedará organizado del siguiente modo: Partido.

Primero: de oro (amarillo), pino arrancado de su color con dos osos de lo mismo acostados al tronco; segundo: de gules (rojo), puente defendido de oro; entado en punta de azur (azul), con el ancla de oro. Bordura general de azur con la leyenda IN MARE FORTUNA NOSTRA en letras de oro. Al timbre, corona real cerrada.

Santiago de Compostela, veintiuno de noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús C. Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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