Por resolución de la alcaldía nº 146/1997, de 5 de febrero, se aprobó definitivamente el PU de la UE-11.
De conformidad con el artículo 306.1º, LS, en relación con la Ley de jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciembre de 1956, contra el citado acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, conforme al artículo 58.1º de la LRJCA, previa comunicación al ayuntamiento del anuncio de su interposición, conforme el artículo 110.3º, LPA.
Noia, 5 de febrero de 1997.
Mª Carmen Abeijón García
Alcaldesa-presidenta

