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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Lunes, 17 de marzo de 1997 Pág. 2.372

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 19 de febrero de 1997 por la que se integra a determinados funcionarios de la Xunta de Galicia en la escala técnica de finanzas.

Finalizado el curso para la integración en la escala técnica de finanzas establecido en el artículo 2 del Decreto 369/1992, de 17 de diciembre, desarrollado por la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 21 de octubre de 1996, y convocado por Orden de 22 de octubre de 1996, y corrección de errores, publicada en el DOG nº 223, de 14 de noviembre de 1996; es preciso proceder a la integración en la escala técnica de finanzas de los/as funcionarios/as que superaron dicho curso, previa comunicación de dicha consellería.

De conformidad con el artículo 7 del Decreto 369/1992, de 17 de diciembre, que establece que la integración prevista en dicha norma finalizará mediante orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, previa comunicación de la Consellería de Economía y Hacienda,

DISPONGO:

Artículo 1º

Quedan integrados en la escala técnica de finanzas, según consta en el anexo de esta orden, los funcionarios de la Xunta de Galicia señalados/as en él, por considerarse cumplido lo establecido en el artículo 2 del Decreto 369/1992, de 17 de diciembre.

Artículo 2º

La jefatura de personal del centro al que esté adscrito/a el/la funcionario/a consignará en los títulos administrativos de los mismos la correspondiente diligencia, una copia de la cual se le enviará a la Dirección General de la Función Pública y otra a la Inspección General de Servicios.

Artículo 3º

Contra la presente orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, previa comunicación a esta consellería, según lo previsto en el artículo 110, 3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 19 de febrero de 1997.

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

ANEXO

Curso artículo 1 Orden de 21 de octubre de 1996

DNIApellidos y nombreEspecialidad

32.413.017Fero Gómez, CarmenTécnica de gestión tributaria

32.430.207Galiana Galán, José IgnacioTécnica de contabilidad e intervención

34.900.764González Diéguez. Mª DoloresTécnica de contabilidad e intervención

32.427.553López García, CarlosTécnica de contabilidad e intervención

76.516.485Mene Paz, EloyTécnica de contabilidad e intervención

33.813.749Muinelo Grueira, JaimeTécnica de gestión tributaria

5.361.237Saez Madrid, DoloresTécnica de contabilidad e intervención

33.802.777Vilariño Regal, Juan RamónTécnica de contabilidad e intervención

34.594.602Casas Suárez, FelicidadTécnica de contabilidad e intervención

34.910.608Osorio Ferreiro, FranciscoTécnica de gestión tributaria

33.171.790Pombo Grille, JulioTécnica de gestión tributaria

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