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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Viernes, 21 de marzo de 1997 Pág. 2.609

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUEU

BASES para la provisión de una plaza de administrativo de Administración general del grupo C personal funcionario vacante correspondiente a la oferta de empleo público del año 1996 por el sistema de promoción interna.

Primera.-Objeto de la convocatoria.

La provisión en propiedad de una plaza de administrativo de Administración general por el sistema de promoción interna contenida en la oferta de empleo público de 1996 enmarcada en el grupo C, escala de Administración general, subescala Administración general, reservadas a funcionarios de carrera.

Segunda.-Sistema de selección.

Se establece como procedimiento de selección el concurso-oposición entre funcionarios de carrera del ayuntamiento pertenecientes al grupo D.

Terceira.-Publicidad de las bases y convocatoria.

La bases específicas de las pruebas selectivas así como las correspondientes convocatorias se publicarán en el BOP y en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, debiendo efectuarse anuncio de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado computándose el plazo para la presentación de solicitudes a partir de la publicación en el BOE.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se publicarán en el BOP y se expondrán en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, en el plazo de un mes, resolución por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución se indicará el lugar y fecha de realización del primer ejercicio, designación del tribunal, así como la relación de aspirantes excluidos, con expresión de las causas y plazo de subsanación de defectos. Para subsanar el defecto que había motivado su exclusión de las relaciones de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada resolución.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

Finalizado el plazo de los veinte días naturales fijado para la presentación de solicitudes, a alcaldía dictará resolución aprobando la lista de aspirantes admitidos y excluidos con especificación, en su caso, de los motivos de exclusión, designando el tribunal calificador y fijando la fecha y el lugar para la celebración de las pruebas selectivas de cada plaza.

La lista de admitidos y excluidos así como la composición del tribunal calificador y la fecha para la celebración de las pruebas se publicarán en el BOP y en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

Quinta.-Sistema de selección.

En cuanto al sistema de selección será el de concurso-oposición, debiendo los aspirantes presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los méritos alegados, en todo caso, antes de la finalización del plazo señalado para la admisión de instancias.

En el supuesto de los méritos que se pretendan alegar procedan de otras administraciones y no se pudiesen presentar en plazo de la solicitud, se acompañará copia compulsada de la solicitud de los mismos así como declaración en la que se comprometa a presentar los antes de la fecha señalada para la celebración del concurso. En todo caso, el tribunal no procederá a al valoración de aquellos que no estuviesen justificados con anterioridad a la fecha de la convocatoria de la reunión a tal fin.

Sexta.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas convocadas se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Bueu acompañando fotocopia del documento nacional de identidad y, en su caso, la documentación acreditativa de los méritos alegados, ajustándose a las siguientes normas:

a) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

b) La presentación de solicitudes podrá hacerse en el registro general del Ayuntamiento de Bueu o en cualquier de las formas establecidas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Séptima.-Condiciones de los aspirantes.

a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Bueu en situación de servicio activo, perteneciente a la escala de Administración general grupo D, debiendo contar con al menos dos años de servicios ininterrumpidos en el ayuntamiento en la referida subescala.

b) Estar en posesión del certificado del título de bachiller, formación profesional de segundo grado o equivalente.

Todos los anteriores requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Octava.-Fase de concurso: baremo para puntuación de méritos.

La fase de concurso y su valoración es previa a la fase de oposición:

-Por poseer el título de técnico especialista en informática: 2,5 puntos.

-Por cursos relacionados con el área de contabilidad impartidos al amparo de organismos públicos oficiales (mínimo treinta horas): 0,5 puntos por cada uno hasta un máximo de 1 punto.

-Por desempeño de funciones correspondientes a la plaza convocada o de otra de un grupo superior por un tiempo no inferior a seis meses en su cómputo total: 1 punto.

-Curso de perfeccionamiento de lengua gallega: 0,5 puntos.

Novena.-Fase de oposición.

Consistirá en un solo ejercicio teórico-práctico que constará de las siguientes partes:

Una parte de carácter escrito que consistirá en responder a un cuestionario test que versará sobre las materias del programa anejo durante un máximo de treinta minutos.

Una segunda parte de carácter práctico relacionado con el programa de contabilidad SICAL a realizar en el plazo máximo de treinta minutos.

Esta fase tiene carácter eliminatorio, puntuándose cada ejercicio de 0 a 10 puntos siendo preciso alcanzar un mínimo de 5 puntos en total en total en ambos ejercicios para superar la fase de oposición.

Puntuación final: será resultado de sumar la puntuación de la fase de concurso con la media aritmética de la puntuación de la fase de oposición. Será propuesto para la plaza convocada el aspirante que alcance mayor puntuación.

Décima: tribunal.

Los méritos estarán juzgados por un tribunal integrado por miembros con igual o superior titulación a la de las plazas convocadas y estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: el de la corporación o concejal en quien delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales:

-El concejal delegado de personal o concejal en quien delegue.

-Un funcionario del área con titulación y especialización superior a la plaza convocada, a designar por el alcalde.

-El interventor municipal del ayuntamiento.

-Un representante de la Comunidad Autónoma.

Asimismo será convocado un representante, delegado de personal del ayuntamiento con voz, pero sin voto.

Undécima.-Lista de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

El tribunal hará público en el lugar de la celebración del último ejercicio la relación de aprobados por orden

de puntuación y propondrá el nombramiento de aquel que alcance mayor puntuación.

El aspirante propuesto aportará ante la secretaría de la corporación dentro de los veinte días naturales siguientes los documentos acreditativos de las condiciones y requisitos exigidos en la base segunda tras los cuales será nombrado debiendo tomar posesión del puesto de trabajo dentro de los treinta días hábiles contados a partir de la notificación del nombramiento.

Duodécima.-Incidencias.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éste y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley de procedimiento administrativo.

El tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se presente y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso-oposición en todo lo no previsto en estas bases.

PROGRAMA ANEXO

1. La Constitución española de 1978: principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La organización territorial del Estado. Los estatutos de autonomía. Su significado. Especial referencia al estatuto de autonomía para Galicia.

4. La Corona. El poder legislativo.

5. El Gobierno. La Administración del Estado.

6. El Poder Judicial en la Constitución. El Consejo General del Poder Judicial. La organización judicial española.

7. El estatuto de autonomía de Galicia. Competencia y recursos financieros. La asamblea legislativa. El presidente y el consejo de Gobierno. La Administración autonómica.

8. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de fuentes. La Constitución. La ley. Disposiciones ejecutivas con fuerza de Ley. El reglamento, concepto, clases y límites.

9. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación. Notificación y publicación. Revisión en vía administrativa: anulación y revocación.

10. El procedimiento administrativo: concepto, clases, su regulación actual. Idea general de iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento.

11. Principios de actuación de la Administración pública: eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

12. Los recursos administrativos. Concepto y principios generales. Recursos ordinarios y de revisión. La jurisdicción contencioso-administrativa.

Administración local.

13. El régimen local español: principios constitucionales y regulación actual. La autonomía local.

14. La provincia y el municipio en el régimen local español. Regulación constitucional y ordinaria.

15. La organización provincial. La diputación. El presidente. El Pleno y la Comisión de Gobierno. Competencias de la diputación provincial.

16. El ayuntamiento. El Pleno.

17. El alcalde. La comisión de gobierno. Competencias de los ayuntamientos.

18. Organización complementaria municipal.

19. Ordenanzas y reglamentos locales. Procedimiento de aprobación y elaboración. Los bandos.

20. Régimen de sesiones y acuerdos de las corporaciones locales.

21. La función pública local. Plantilla y relación de puestos de trabajo. La oferta de empleo público.

22. Selección de funcionarios locales. Derechos y deberes de los funcionarios.

23. Los derechos colectivos. La Seguridad Social de los funcionarios.

24. Estatuto del vecino. Información y participación ciudadana.

25. Reglamento de participación vecinal.

26. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. El régimen jurídico de las licencias.

27. Los bienes de las entidades locales.

28. La gestión de los servicios públicos locales.

29. La contratación administrativa en la esfera local.

30. La hacienda local. Ordenanzas fiscales.

31. Clasificación de los ingresos locales. Régimen jurídico del gasto público local.

32. Los presupuestos locales. Contabilidad y cuentas.

33. El planeamiento urbanístico. Clases de planes.

34. La intervención administrativa en la edificación y uso del suelo. Las licencias. Actos sujetos. Procedimiento y órganos competentes para su concesión. Especial referencia a las licencias de obra y apertura y funcionamiento de industrias y actividades.

Ciencia de la Administración e informática.

35. Importancia del factor humano en la organización del trabajo en equipo. Motivación y autoestima del personal.

36. La información administrativa. La dirección por objetivos.

38. El archivo. Organización de los fondos documentales. El archivo a disposición de la Administración, ciudadanos e investigación.

39. Concepto de informática, arquitectura de ordenadores. Unidad central de proceso. Definición de registro.

40. Estructuras de almacenamiento de datos. Tipos de ficheros. Métodos de acceso. Las bases de datos.

Bueu, 10 de febrero de 1997.

Xosé Novas Piñeiro

Alcalde-presidente

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