Visto el expediente de cambio de dominio que a continuación se menciona, instruido a efectos de transmisión de la concesión administrativa pertinente y del establecimiento que la ampara; teniendo en cuenta que el interesado obtuvo la autorización de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG nº 101, del 31-5-1993) y el artículo 10 del Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG nº 228, de 21-11-1996) y que fue acreditada la transmisión de derechos y abonados los impuestos correspondientes.
Esta consellería, en virtud de las atribuciones conferidad, a la vista del informe favorable del Servicio Técnico-Jurídico, acordó acceder a lo solicitado, proclamando la nueva titularidad de la concesión y establecimiento que se relaciona a continuación:
Nombre de la batea: Domayo nº 2.
Cultivo: ostra plana (ostrea edulis).
Localización: cuadrícula nº 55, Redondela A.
Fecha de concesión: 5-2-1975.
Fecha en que acaba la última prórroga: 6-4-2003.
Anterior concesionario: Evaristo Gómez Martínez.
Nuevo titular de la concesión: Julio García Cortegoso.
El nuevo concesionario queda subrogado en los mismos derechos y obligaciones del anterior concesionario, así como obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables y de categoría suficiente.
Vigo, 22 de abril de 1997.
P.D. (Orden 27-6-1990)
José M. Gabeiras Vérez
Delegado territorial de Vigo
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