De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 39/1988 y 106.3º de la Ley 7/1985, y en cumplimiento de lo acordado por la corporación provincial en sesiones de 28 de febrero de 1997 y en el día de la fecha, se hace público para la Diputación Provincial de Ourense asume la competencia delegada en ella por los ayuntamientos que se relacionan, para la gestión, liquidación, inspección y recaudación de los impuestos que se mencionan, en las condiciones generales establecidos y que se detallan en el anuncio publicado por esta corporación en el DOG del día 19 de septiembre de 1994:
Ayuntamientos-impuestos.
O Bolo: impuesto de vehículos de tracción mecánica.
San Amaro: impuesto de vehículos de tracción mecánica.
San Cristovo de Cea: impuesto de vehículos de tracción mecánica, tasa de recogida de basura.
La fecha de inicio de efectos de esta delegación y el plazo de su vigencia se ajustarán a las normas que tiene establecidas esta diputación.
Ourense, 25 de abril de 1997.
El presidente
Rubricado
3853