El 15 de mayo de 1997, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria recibe de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, la providencia por lo que se admite el recurso contencioso-administrativo nº 01/0000823/1997, interpuesto por Manuel Cid Domínguez, contra acuerdo del director general de Ordenación Educativa y de Formación Profesional de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 7-4-1997, sobre denegación de indemnización de gastos de viaje y mantenimiento por asistencia a curso de especialización en educación física.
En consecuencia, esta secretaría general acordó en esta fecha y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 64 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, modificada por la Ley 10/1992, de 30 de abril, la remisión del correspondiente expediente administrativo a la referida sala, lo que se notifica para general conocimiento a todas las personas interesadas en el procedimiento, y se les emplaza para que puedan comparecer en autos en la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de nueve días.
Santiago de Compostela, 22 de mayo de 1997.
Máximo García Serrano
Secretario general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
97-4242