En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación de Propietarios e Criadores de Galicia do Cabalo Galego de Monte que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán formar parte de la mencionada asociación todos los propietarios y criadores de ganado equino, sean personas naturales o jurídicas por si mismos o a través de su representación.
Firman el acta de constitución: Álvaro Miniño Rodríguez y 5 personas más.
Santiago de Compostela, 14 de mayo de 1997.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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