Advertidos errores en la publicación del citado reglamento (DOG nº 106 del 4 de junio de 1997), hay que efectuar las siguientes rectificaciones:
-En el artículo 13 (página 5.312), donde dice: «... de carácter lucrativo...»; debe decir: «... de carácter no lucrativo...».
-En el artículo 37.3º (página 5.317), donde dice: «... dirección general de la cual solicitará...»; debe decir: «... dirección general, la cual solicitará...».
-En el artículo 84 (página 5.330), donde dice: «... que recojan los requisitos...»; debe decir: «... que recoja los requisitos...».
-En el artículo 104 (página 5.337), donde dice; «... cabrá, cuando transcurriese el plazo fijado, en la resolución...»; debe decir: «... cabrá cuando transcurriese el plazo fijado en la resolución...».
-En el artículo 106.2º (página 5.337), donde dice: «... y prejuicios causados...»; debe decir: «... y perjuicios causados...».
-En el anexo I, apartado correspondiente al río Mero (página 5.338), donde dice: «... varadero de Oza dos Ríos»; debe decir: «... varadero de Oza».
-En el anexo III, en la definición del término riberas (página 5.340), donde dice: «... el final del charco de...»; debe decir: «... el final de la llanura de...».
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