EL proyecto de ecoplanta de Vilaboa exige, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 10/1997, de 22 de agosto, de residuos sólidos urbanos de Galicia, el estudio de efectos ambientales, que se efectuará al amparo de lo previsto en el Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de efectos ambientales para Galicia, que, a su vez, dispone el sometimiento del referido estudio al trámite de información pública. En su virtud,
RESUELVO:
Primero.-Someter a información pública, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de la presente resolución del estudio de efectos ambientales del proyecto de ecoplanta de Vilaboa promovido por la Consellería de Medio Ambiente.
Segundo.-Un ejemplar del plan estará a disposición de los administrados a los referidos efectos informativos, en las siguientes dependencias:
-Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
-Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente en Pontevedra.
-Ayuntamiento de Vilaboa.
Santiago de Compostela, 9 de febrero de 1998.
Francisco Pan-Montojo González
Director general de Calidad y Evaluación Ambiental

