Intentada la notificación directa a Fernando Somoza Filgueira del acuerdo dictado por el Consello de la Xunta de Galicia en el expediente de referencia, y al no poder efectuarse ésta, resolví, al amparo de lo previsto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, disponer la publicación en el Diario Oficial de Galicia del siguiente,
ACUERDO:
Primero.-Sancionar al titular del establecimiento Júpiter II, Fernando Somoza Filgueira, representante de Mei-Som, S.L., con una multa de un millón cien mil pesetas (1.100.000 ptas.), por la comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 28 g, de la Ley 14/1985, modificada por la Ley 7/1991, y sancionable por los artículos 31 y 32 de la misma ley, por tener una máquina recreativa de tipo B careciendo de la documentación exigida por la legislación vigente.
Segundo.-Imponer como sanción accesoria el decomiso definitivo para la destrucción de la máquina en cuestión, tal y como se establece en el Art. 31.1º de la Ley 14/1985, reguladora de los juegos y apuestas de Galicia, con entrega de la recaudación existente a favor del Tesoro de esta Comunidad Autónoma.
Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo previa correspondiente comunicación a esta consellería en la forma prevista en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en el artículo 110 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Se comunica al interesado que tiene un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de ella en período voluntario en la cuenta restringida de recaudación a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, de multas y sanciones, nº 311-400-605 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Ourense. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido se procederá a su ejecución por vía de apremio.
Santiago de Compostela, 23 de febrero de 1998.
Alfredo Sánchez Carro
Director general de Interior
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