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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 72 Jueves, 16 de abril de 1998 Pág. 3.909

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 113/1998, de 2 de abril, por el que se acepta la cesión a título gratuito de los locales del Centro Municipal Homologado de Forcarei (Pontevedra), para la construcción de un centro de enseñanza secundaria obligatoria.

El Pleno de la Corporación municipal de Forcarei, reunido el día 29 de agosto de 1997 acordó la cesión a la Comunidad Autónoma de Galicia de los locales del Centro Municipal Homologado de esa villa para la construcción de un centro de enseñanza secundaria obligatoria.

Conforme a los artículos 17.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma gallega, y 34 de su reglamento aprobado por el Decreto 50/1989, de 9 de marzo, la adquisición pura y simple de bienes a título gratuito o lucrativo requerirá decreto del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la Consellería de Economía y Hacienda. Asimismo, los artículos 23.1º de dicha ley y 38.1º del reglamento establecen que no se podrán adquirir bienes o derechos a título lucrativo cuando el valor de los gravámenes, cargas o afecciones impuestos sobre ellos sobrepase su valor intrínseco; si bien no se considera carga, gravamen o afección las inversiones que tenga que realizar la Comunidad Autónoma para dar el destino de uso general o servicio público de su competencia que fije el cedente o donante.

En su virtud, de conformidad con la propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, hecha en los términos en los que el Ayuntamiento de Forcarei acordó la cesión y previa deliberación del Consello da Xunta de Galicia en su reunión del día dos de abril de mil novecientos noventa y ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acepta la cesión gratuita de los locales del Centro Municipal Homologado de Forcarei.

La descripción de los citados bienes es la siguiente:

Edificio instituto: situado en Forcarei, de una superficie de 1.071 m. Linda: norte, calle H y, en parte

calle tras del grupo escolar; sur y oeste, calle tras del grupo escolar, y por el este el edificio del grupo de educación infantil y primaria.

Figura inscrito en el tomo 617, libro 77 de Forcarei, folio 216, inscripción 1ª. Finca registral nº 10.082.

Planta segunda de un edificio situado en Forcarei de 760 m. Linda: norte, calle H; sur, calle tras del grupo escolar; este, calle del Progreso y oeste, edificio instituto.

Figura inscrita en el tomo 617, libro 77 de Forcarei, folio 219, inscripción 1ª. Finca registral nº 10.085.

Según certificación del Registro de la Propiedad de A Estrada de fecha 10 de marzo de 1998 los citados bienes figuran inscritos en ese registro a favor del Ayuntamiento de Forcarei, con carácter de bienes patrimoniales.

Artículo 2º

Los inmuebles cedidos se destinarán a la construcción de un centro de enseñanza secundaria obligatoria.

Artículo 3º

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, procederá a la formalización de la cesión en el correspondiente documento público y la inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad a nombre de la Comunidad Autónoma.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad del presente decreto.

Santiago de Compostela, dos de abril de mil novecientos noventa y ocho.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

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