El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.
En este marco competencial, el ámbito cultural y artístico en lo que respecta a la juventud es compartido conjuntamente por las consellerías de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, que a través de la Dirección General de Juventud desarrolla el programa Fomento de la actividad juvenil, que tiene entre sus objetivos básicos promocionar la actividad cultural y artística entre nuestra juventud, y la Consellería de Cultura , Comunicación Social y Turismo, a través de su Dirección General de Promoción Cultural, que tiene, entre otras funciones la de colaborar en el desarrollo del teatro, la danza, la música, las artes líricas y coreográficas, así como la puesta en práctica de medidas de apoyo para los artistas, de acuerdo con el Decreto 488/1997, de 26 de diciembre, y el Decreto 8/1998, de 8 de enero, por los que, respectivamente, se establece la estructura orgánica de cada una de dichas consellerías.
Por otro lado, el artículo 1.3º de la Orden de 11 de febrero de 1998 por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto, permite la posibilidad de iniciar expedientes de gasto imputables a los capítulos II, IV, VI y VII de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma en el período de prórroga de éstos, una vez aprobado el proyecto de presupuestos y siempre que exista crédito adaptado y suficiente en éste, con el beneficio que esto supone para el administrado al evitarse una demora en las actuaciones administrativas previas.
Por lo expuesto, la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la actividad e inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, dada la naturaleza de las actividades que se van a realizar, convoca una serie de certámenes, concursos y muestras que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter
artístico y artesanal y que constituyen el programa Certámenes y Muestras Juventud 98. Por todo esto,
DISPONGO:
Artículo 1º
La Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud convoca el IX Certamen de Música Folk de Galicia Juventud 98, según las bases que se establecen en el anexo I de esta orden, donde se regulan los aspectos relativos a la participación, condiciones generales que van a regir en la respectiva convocatoria, inscripciones, desarrollo, premios y jurado.
Artículo 2º
El certamen objeto de la presente convocatoria se desarrollará a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud con la colaboración de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.
Artículo 3º
Las actividades que impliquen el desarrollo de este certamen serán costeadas con cargo a la partida presupuestaria 14.05.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1998.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta a la directora general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.
Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de febrero de 1998.
Manuela López Besteiro
Conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud
ANEXO I
IX Certamen de Música Folk de Galicia Juventud 98
I. Participantes.
Todos los grupos musicales formados por jóvenes gallegos o residentes en Galicia.
II. Condiciones generales.
1. Los componentes del grupo tendrán entre 15 y 30 años cumplidos en el año 1998. Solamente podrán rebasar estas edades el 10% de los componentes totales del grupo.
2. No podrán intervenir en este certamen los grupos que tengan firmado un contrato discográfico.
3. Se presentará una cinta casete con tres temas elegidos para el certamen, indicando los títulos, dentro de un sobre cerrado. En el exterior deberá figurar el lema del grupo y los títulos de los temas.
4. En otro sobre cerrado se presentará el boletín de inscripción, así como la documentación que se indica en el anexo III. En el exterior deberá figurar el lema del grupo.
5. La Dirección General de Juventud reserva para sí el derecho de editar o difundir las obras musicales que sean seleccionadas para la fase final.
III. Inscripciones.
Las solicitudes deberán formularse en el impreso de solicitud que se indica en el anexo II, y se dirigirá a la directora general de Juventud.
Los grupos participantes deberán presentar las solicitudes junto con los sobres cerrados citados anteriormente en el Servicio de Juventud de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de la provincia donde residan habitualmente, que podrá ser en:
c/ Ronda da Muralla, 70, 27003 Lugo.
Avda. de La Habana, 81, bajo 32004 Ourense.
c/ Durán Loriga, 9-1º 15003 A Coruña.
c/ Mª Berdiales 20-entresuelo, 36203 Vigo.
c/ Benito Corbal, 47-2º, 36001 Pontevedra.
hasta el día 5 de junio de 1998.
IV. Organización.
La Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de Pontevedra supervisará el certamen.
V. Desarrollo.
El jurado seleccionará seis maquetas para la fase final que tendrá lugar el 10 de julio de 1998 en la Plaza del Teucro de Pontevedra.
Se contará con la presencia de un técnico de sonido a disposición del certamen como único responsable de este, para la fase final.
VI. Premios.
1º 100.000 ptas. y grabación de seis temas en un compac-disc.
2º 75.000 ptas. y grabación de cuatro temas en un compac-disc.
3º 50.000 ptas. y grabación de dos temas en un compac-disc.
Se entiende que se grabará un compac-disc con los doce temas seleccionados.
A los grupos finalistas se les entregará 50.000 ptas. en concepto de ayudas por gastos de desplazamiento y manutención, así como un diploma que acredite su participación en este Certamen de Música Folk de Galicia.
Asimismo, los tres primeros clasificados se comprometen, en el momento de hacer la inscripción, a actuar e un festival-concierto en una capital gallega y en fecha por determinar por la Delegación de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de Pontevedra. Para tal efecto, se prevé una ayuda de 50.000 ptas. en concepto de gastos generales.
VII. Jurado.
Será nombrado por el director general de Juventud y por el director general de Promoción Cultural, y estará compuesto por personas cualificadas en el campo de la música folk, recayendo la secretaría en un funcionario de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de Pontevedra.
La decisión del jurado será irrecurrible.
3600

