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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Viernes, 24 de abril de 1998 Pág. 4.293

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 1998, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se anuncia el levantamiento de actas previas a la ocupación de los bienes y derechos afectados por la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 96/2-3 A.T.).

Instalación: L.M.T. a 20 kV, al centro de transformación de Sequeiros, ayuntamiento de Coles.

Entidad beneficiaria: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.

Fecha y hora de actas: 27 de abril de 1998 a partir de las 11 horas.

Autorizada y declarada de utilidad pública la línea eléctrica de referencia por resolución de esta delegación provincial de 30-10-1996, y declarada la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la imposición de servidumbre de paso por el Decreto 56/1998, de 12 de febrero (DOG del 27-2-1998), a favor de la entidad beneficiaria.

Se hace saber a los titulares de las fincas que contiene la relación que se publicó en el DOG del 11-4-1997, que se expone actualizada en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Coles, a los que se les practicará notificación particularizada, que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa (en adelante LEF), de 16 de diciembre de 1954, el representante de la Administración, acompañado de un perito, se presentará en las fincas, en la fecha y hora indicadas en el encabezamiento, para la toma de datos y el levantamiento de las actas previas a la ocupación. En dichas actas se describirán los bienes objeto de imposición de servidumbre y se harán constar las manifestaciones y datos que sean útiles para determinar los derechos afectados.

Por medio de la presente resolución se convoca a dichos titulares interesados, que se podrán hacer acompañar de sus peritos y de un notario, a su costa.

Según establece el artículo 56 del Reglamento de la LEF, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, hasta el mismo momento del levantamiento de actas previas, los interesados podrán formular alegaciones ante este organismo expropiante a los solos

efectos de subsanar posibles errores que se padecieran al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

Ourense, 16 de marzo de 1998.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense

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