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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Miercoles, 27 de mayo de 1998 Pág. 5.812

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 12 de mayo de 1998, de la Secretaría General de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, por la que se notifica la resolución dictada por el conselleiro en el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la delegada provincial de A Coruña, de esta consellería, de 25 de abril de 1997.

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de correos por resultar imposible su prác

tica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica al interesado, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan la resolución del recurso ordinario nºAC-3361/96, interpuesto contra resolución de la delegada provincial de A Coruña, de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de 25 de abril de 1997, por la que se le impone una sanción de 50.000 ptas. por la comisión de una infracción en materia de horarios de espectáculos y establecimientos públicos, en el establecimiento Bar Rocamar del ayuntamiento de A Coruña, cuya parte dispositiva dice:

«Desestimar el recurso ordinario Nº AC-3361/96 interpuesto por Divina Florentina Figueira Siaba contra la resolución de la delegada provincial de A Coruña, de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales de 25 de abril de 1997, por la que se le impone una sanción de 50.000 ptas. por la comisión de una infracción en materia de horarios de cierre de espectáculos y establecimientos públicos en el establecimiento Bar Rocamar, de A Coruña, que, en consecuencia, se confirma.

Contra la presente resolución, que se transcribe definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, recordándole que, de conformidad con el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común deberá comunicarlo previamente al órgano que lo adoptó, y sin perjuicio de que el interesado pueda presentar cualquier otro recurso que estime conveniente.

El importe de la sanción deberá ingresarse en el período de pago voluntario señalado en el boletín de multas y sanciones que se adjuntó con la resolución provincial a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, recaudación de multas y sanciones de espectáculos públicos número 2091/0707/01/3110000025, en cualquiera de las oficinas de la entidad bancaria Caixa Galicia, haciendo constar el número del expediente sancionador. Transcurrido dicho plazo, se procederá al cobro por la vía de apremio, de conformidad con lo establecido en la disposición tercera de la Orden de 22 de mayo de 1987, de la Consellería de Economía y Hacienda (Diario Oficial de Galicia del 3 de junio)».

Y para que conste y sirva de notificación, firmo y sello la presente cédula en Santiago de Compostela a 12 de mayo de 1998.

Francisco Javier Rubio Delgado

Secretario general de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales

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