Se hace público, de acuerdo con lo señalado en el artículo 48.2º de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, que el Pleno del Ayuntamiento de Vilar de Santos, en sesión celebrada el 8 de octubre de 1998, aprobó definitivamente la modificación del plan parcial nº 1 del SAUIC nº 2.
Contra el mencionado acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, durante el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la última publicación de este acuerdo, lo que se le comunicará previamente a este ayuntamiento.
Vilar de Santos, 9 de octubre de 1998.
Xosé Antón Jardón da Cal
Alcalde

