De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los interesados, con los datos y últimos domicilios conocidos, en Cacheiras-Teo (A Coruña), resolución de la reclamación de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, interpuesta por Francisco J. Botana Bello por los daños sufridos en un accidente de circulación ocurrido en la carretera cruce de Arcos de Furcos, en Cuntis, como consecuencia de gravilla en la calzada (Exp. 1/98); cuya parte dispositiva dice:
«Resuelvo declarar inadmisible la reclamación de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas interpuesta por Francisco J. Botana Bello, por los daños sufridos en un accidente de circulación ocurrido en la carretera cruce de Arcos de Furcos, en Cuntis (Exp. 1/98).
Contra esta resolución, que se transcribe definitiva en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, significándole que debe comunicar previamente a esta consellería dicha interposición conforme al artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común».
Y para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello la presente cédula en Santiago de Compostela a dos de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
José Antonio Fernández Vázquez
Secretario general de la Consellería de Política
Territorial, Obras Públicas y Vivienda

