El artículo 5.2º del Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación del impacto ambiental para Galicia, dispone que los estudios de impacto ambiental se someterán al trámite de información pública, durante treinta días hábiles. En su virtud,
RESUELVO:
Primero.-Someter a información pública, por un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente resolución, el estudio de impacto ambiental del parque eólico denominado Montouto en los ayuntamientos de Abadín y Muras (Lugo) solicitado por la empresa Norvento, S.L.
Segundo.-Para efectos informativos, el estudio de impacto ambiental se pondrá a disposición de los administrados en las siguientes dependencias:
Dirección General de Industria.
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente en Lugo.
Ayuntamientos de Abadín y Muras.
Tercero.-Las alegaciones se dirigirán durante el plazo de información pública a la Dirección General de Industria.
Cuarto.-Una vez acabado el plazo, se remitirá el expediente con las correspondientes alegaciones a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Santiago de Compostela, 21 de octubre de 1998.
Joaquín del Moral Crespo
Director general de Industria

