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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Miercoles, 20 de enero de 1999 Pág. 671

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 1998 por la que se aprueban las bases que regirán el concurso público de cuatro becas de colaboración en proyectos que se están desarrollando en el Archivo de la Emigración Gallega del Consejo de la Cultura Gallega, y se anuncia su convocatoria.

El artículo 6 de la Ley 8/1983, de 8 de julio, en su apartado b), establece que compete al Consejo de la Cultura Gallega investigar y valorar las necesidades culturales del pueblo gallego.

Dentro del plan de actividades del Consejo de la Cultura Gallega para 1998 figura la convocatoria pública de becas de investigación para realizar proyectos sobre diversos aspectos de la cultura gallega.

Su concesión se enmarca dentro de las funciones atribuidas al Consejo de la Cultura Gallega en la Ley 8/1983, de 8 de julio, que desarrolla el artículo 32 del Estatuto de autonomía.

En su virtud, se aprueban las siguientes:

Bases.

Primera.-Objeto.

El concurso tiene por objeto la adjudicación de cuatro becas de colaboración en los proyectos que se están desarrollando en el Archivo de la Emigración Gallega del Consejo de la Cultura Gallega.

Segunda.-Cuantía de las becas.

Las becas constan de una asignación mensual con la retención fiscal que corresponda, que será incompatible con cualquier otra ayuda o actividad remunerada.

La cuantía se especifica en el anexo I.

Para el gasto que se proyecta se habilitará el crédito suficiente en la partida presupuestaria 03.01.111D.480.0, por una cuantía máxima total de 2.160.000 ptas., correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1999.

Tercera.-Duración.

La especificada en el anexo I.

La fecha de incorporación al centro será dentro de los diez días siguientes al de la notificación de la adjudicación. El becario que no se incorpore en el

plazo establecido perderá los derechos inherentes a la beca concedida, salvo causa justificada de atraso apreciada por el coordinador científico, quien se lo comunicará a la Comisión Ejecutiva.

Las becas se podrán prorrogar hasta un máximo de tres años, incluido el período inicial, a la vista del trabajo realizado por el becario, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

Cuarta.-Requisitos generales.

a) Ser español o pertenecer a un país miembro de la Unión Europea.

b) Ser titulados superiores.

c) Poseer conocimientos de lengua gallega.

d) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.

Quinta.-Solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo, anexo II, irán dirigidas al presidente del Consejo de la Cultura Gallega y se entregarán en la sede del Consejo de la Cultura Gallega (Pazo de Raxoi, 2º piso, plaza del Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela), o bien en cualquiera de los centros previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el DOG, acompañadas de la documentación siguiente:

-Certificación académica personal completa.

-Currículum vitae, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada por la que se compromete a renunciar, si fuese seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones, becas o ayudas, y también de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración ni institución pública como consecuencia de expediente disciplinario.

Sexta.-Selección.

La comisión calificadora estará formada por dos miembros de la Comisión Ejecutiva y un miembro del Archivo de la Emigración Gallega.

La comisión calificadora podrá comprobar si los solicitantes poseen suficientes conocimientos de lengua gallega para desempeñar su función.

Además del examen de la documentación presentada, la comisión podrá convocar a los solicitantes a una entrevista personal.

El presidente de la comisión le propondrá al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la relación de candidatos seleccionados para su nombramiento.

Séptima.-Obligaciones.

Los becarios desarrollarán su trabajo en los lugares y horarios establecidos en el anexo I.

El incumplimiento por parte del becario de alguna de las condiciones recogidas en las presentes bases supondrá la pérdida de la beca concedida y, si se da el caso, el reintegro de las cantidades ya cobradas.

La condición de becario no dará lugar a relación laboral ni administrativa con el Consejo de la Cultura Gallega.

Octava.

La convocatoria, sus bases y todos cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Novena.-Pago de la beca.

El pago de la beca se realizará mensualmente, previo informe del director de investigación, siempre que los trabajos se desarrollen con normalidad y de acuerdo con las bases establecidas.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 1998.

Carlos Casares Mouriño

Presidente del Consejo de la Cultura Gallega

ANEXO I

Cuatro becas para colaborar en el programa del Archivo de la Emigración Gallega

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el programa del Archivo de la Emigración Gallega, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Duración: 6 meses.

Cuantía: 90.000 ptas./mes.

Requisitos específicos de los solicitantes: para la concesión de las becas a la que se refiere la presente convocatoria, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta convocatoria, se valorarán los siguientes méritos:

-Ser licenciado universitario, en el ámbito de las ciencias sociales y de las humanidades.

-Poseer conocimientos de informática, biblioteconomía y archivística, etc...

-Tener experiencia investigadora preferentemente en el ámbito de los estudios migratorios.

-Lugar y jornada de trabajo: Consejo de la Cultura Gallega, centros de documentación de Galicia.

-Jornada de trabajo: horario de mañana y tarde.