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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 22 de abril de 1999 Pág. 4.732

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 100/1999, de 8 de abril, por el que se cede, a título gratuito, el inmueble denominado As Triguerizas, situado en la calle Alameda, 1, término municipal de Celanova (Ourense).

La Comunidad Autónoma de Galicia, en virtud del Real decreto 2411/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de servicios y asistencia social, ostenta la titularidad del terreno situado en la calle Alameda, 1, término municipal de Celanova (Ourense).

El Ayuntamiento de Celanova solicitó a la Consellería de Economía y Hacienda la cesión de dicho inmueble, con el fin de dedicarlo, entre otras actuaciones, a la construcción de un gimnásio-pavellón con pista polideportiva.

Mediante Decreto 372/1998, de 18 de diciembre (DOG nº 4, del 8 de enero de 1999), se desafectó del dominio público el citado inmueble, previo informe favorable de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Mediante orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 17 de marzo de 1999 (DOG nº 63, del 5 de abril) se declaró la alienabilidad de dicho bien inmueble.

La Secretaría General y del Patrimonio, dependiente de la citada consellería, previo informe favorable de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, tramitó el expediente de cesión la titularidad del referido bien inmueble de acuerdo con lo previsto en los artículos 30 de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y 83 y siguientes de su reglamento.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día ocho de abril de mil novecientos noventa y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se acuerda la cesión, a título gratuito, a favor del Ayuntamiento de Celanova, de la finca situada en la calle Alameda, 1, término municipal de Celanova (Ourense), inscrita en el Registro de la Propiedad de Celanova, en el libro 83, folio 192, finca número 8.371, inscripción 3º, y que se describe como sigue:

«Solar conocido como As Triguerizas, en el lugar denominado Cercado, de una superficie de una hectárea, diez áreas y cincuenta centiáreas,que linda al norte, calle Celso Emilio Ferreiro; al sur, Campo de la Feria de Celanova; al este, Avda. de San Rosendo; y al oeste, convento y huerta parroquial».

Artículo 2º

La cesión queda sometida a las siguientes cláusulas:

a) El fin de la cesión del inmueble descrito será la construcción de un gimnasio-pavellón subterráneo con pista polideportiva descubierta por encima y de un aparcamiento subterráneo y a la apertura de viales y jardines.

b) La construcción del citado gimnasio se sujetará a los requisitos mínimos especificados en el Real decreto 1004/1991. El programa de necesidades del proyecto técnico se someterá a conformidad de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

c) Durante los períodos en los que los horarios escolares así lo requieran, el Instituto de Enseñanza Secundaria de Celanova tendrá acceso a dichas instalaciones deportivas, así como al uso prioritario y exclusivo de ellas. Asimismo, el instituto tendrá derecho prioritario de uso para el desarrollo de las actividades extraescolares que programe.

d) Si el bien cedido no se aplicase al fin señalado dentro del plazo de cuatro años, contado desde el otorgamiento de la escritura pública, o dejase de estarlo con posterioridad, se descuidase o utilizase con grave quebrantamiento, o se incumpliesen las condiciones del acuerdo, se considerará resuelta la cesión y el inmueble revertirá a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, que tendrá derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros que experimentase.

Artículo 3º

La cesión se formalizará mediante escritura pública suscrita por el secretario general y del Patrimonio o funcionario en quien delegue, debiendo constar en ella el acuerdo de cesión y la aceptación del cesionario.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, realizará los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente decreto.

Santiago de Compostela, ocho de abril de mil novecientos noventa y nueve.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda