Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones sancionadoras, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que contra dichas resoluciones, que se transcriben definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 de la Caja Postal de Ahorros, sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 27 de julio de 1999.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de transportes
ANEXO
Expediente: PO-01157-I-1998.
Matrícula: PO-7127-AD.
Denunciante: agentes nº 44 y 74.
Denunciado: Empresa Miño, S.L.
Último enderezo conocido: Pazos de Reis, s/n. 36700 Tui, Pontevedra.
Hecho denunciado: realizar transporte escolar, careciendo de la correspondiente autorización, y del libro de reclamaciones, servicio público.
Precepto infringido: artículo 222.5º do Real decreto 1211/1990 y O.M. de 25 de octubre de 1990.
Precepto sancionador: artículo 143 Lei 16/1987, artículo 201 del Real decreto 1211/1990.
Sanción impuesta: 50.000 ptas.
Resolución recurso: desestimado

